Anulan por «desproporcionados» unos pinchazos ordenados por la jueza De Lara

La Voz LUGO / LA VOZ

GALICIA

OSCAR CELA

El proceder de la instructora hace peligrar ahora una macrooperación antidroga

07 oct 2016 . Actualizado a las 16:07 h.

La operación Pingüín se tambalea. Fue llevada a cabo por la Guardia Civil y supuso la desarticulación de una presunta trama que introdujo en Galicia 14 kilos de cocaína boliviana, escondida en engranajes mecánicos. Un tribunal de la Audiencia Provincial de Lugo considera que la jueza Pilar de Lara, que fue la instructora de la operación, ordenó escuchas telefónicas de manera «desproporcionada» en un momento en el que los hechos tenían una «escasa gravedad». Esto trae como consecuencia la nulidad de las grabaciones y de las pruebas que estén basadas y sostenidas «por el rastreo y seguimiento de las conversaciones mantenidas (a través de dos teléfonos), siempre que no consten otro tipo de seguimientos o descubrimientos ajenos independientes a ellas».

En la operación, que data del año 2008 y que no llegó a juicio oral, fueron detenidas 17 personas de A Illa, Lugo y A Coruña. El fiscal acusó finalmente a diez y solicita penas que suman 75 años de prisión.

A mediados de septiembre, la Audiencia de Lugo convocó a los abogados y a los acusados a una vista dedicada a la presentación de cuestiones previas. El letrado de Vilagarcía, Ramón Montenegro González, que defiende al hombre que está acusado de ser el presunto financiador de la operación, alegó supuestas irregularidades en la instrucción. Otros letrados explicaron que la causa se la quedó De Lara y no la envió a reparto; que debería ser competencia de la Audiencia Nacional; que no se había hecho constar con precisión el tiempo de los pinchazos telefónicos, y que incluso el auto en el que la jueza ordenaba los pinchazos telefónicos a alguno de los investigados no había sido prorrogado para continuar con las escuchas. Esas argumentaciones fueron rechazadas por el alto tribunal lucense. El fiscal defendió la labor judicial.

La Audiencia de Lugo entró a valorar si la decisión de la jueza de pinchar los teléfonos fue proporcionada. De acuerdo con las conversaciones aportadas a las diligencias, considera que De Lara se «inmiscuyó» en el ámbito de la intimidad de las comunicaciones. Las charlas referidas hacían referencia a «petis» o «camellos», pero no suponían que algunos investigados lo fueran. Además, añade el auto que la cantidad de droga aprehendida en un coche era mínima y solo daría lugar a una multa.

Dice la Audiencia Provincial de Lugo que para que una autorización de las características de la realizada por De Lara sea constitucionalmente legítima han de ser verificados unos indicios constables por un tercero. No bastan afirmaciones de sospecha rubricadas por la policía; el órgano judicial ha de valorar los delitos a investigar. Añade también el auto que tampoco basta con una intuición policial o una sospecha «más o menos vaga, ni confidencias huérfanas de otros apoyos; es necesario algo más, como han repetido hasta la saciedad tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo».