Un arma de fuego por cada 16 gallegos

maría santalla REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Armas en Galicia
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105.315 personas tienen licencia en Galicia para poseer una de las casi 170.000 armas legales que hay en la comunidad, 152.000 de ellas son escopetas de caza

20 ago 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Hace unas semanas, un vecino de Ourense se atrincheraba en su casa con un arma -una carabina del calibre 22- con intención de quitarse la vida movido por los celos. Cuando la policía ya había logrado convencerlo para que no lo hiciese, el hombre hizo un movimiento involuntario y se disparó accidentalmente, aunque afortunadamente no sufrió heridas graves. Disponía de licencia y su arma era legal.

Hechos como este reabren el debate sobre el control de las armas y sobre los requisitos para obtener una licencia en España que, sin embargo, son mucho más estrictos que en otros países. La Unión Europea pretende endurecer las condiciones para poder tener un arma, una medida que comenzó a plantearse tras los atentados de los últimos meses en París. En Estados Unidos este debate existe desde hace años. En más del 50 % de los hogares estadounidenses hay un arma y por el momento no han triunfado los intentos por limitar su posesión y su uso, pues la Constitución de ese país recoge el derecho a tener y portar armas.

En Galicia la situación es bien diferente. Existen en la comunidad, según los datos de la Guardia Civil, 169.208 armas amparadas por una licencia. Es decir, un arma por cada 16 gallegos o, lo que es lo mismo, seis por cada cien habitantes. La inmensa mayoría de ellas son escopetas de caza. En total, hay 152.013 armas de este tipo bajo el control de las oficinas de intervención de armas del instituto armado. Si a esa cantidad le sumamos los 11.034 rifles de caza mayor censados en las cuatro provincias gallegas, la conclusión es clara: 96 de cada 100 armas que hay en Galicia son para caza.

Armas de concurso

Otras 4.058 son armas de concurso, las que se utilizan para la práctica de tiro deportivo, para las que se precisa haber obtenido una licencia específica. Otra tipología son las armas de avancarga -que se cargan por su parte delantera- o las de sistema Flobert -que utilizan cartuchos sin pólvora-. De estas modalidades hay 1.227 en Galicia. Armas cortas amparadas por licencia hay, según la Guardia Civil, 682 en la comunidad. Por último, armas de colección hay 194.

Mientras, 105.315 personas tienen permiso en Galicia para utilizar armas. De cada cuatro de esas licencias, tres facultan para utilizar escopetas de caza -en total, 79.615-. E igual que ocurría con los tipos de armas, el segundo grupo más numeroso es el de los rifles de caza mayor. Hay en la comunidad 17.937 permisos para poder emplear armas de esta clase. En total, las licencias que permiten utilizar armas de caza alcanzan el 92,6 % del total. Otros 2.422 permisos de armas que se han expedido en Galicia están en poder de vigilantes de seguridad, y una cifra parecida, 2.223, facultan para el empleo de armas de concurso.

Viajar al extranjero

La tarjeta europea de armas es un permiso especial que concede la Dirección General de la Guardia Civil y que permite la tenencia de un arma de fuego reglamentaria durante un viaje por España a un ciudadano europeo o el viaje a otros países de la Unión Europea a un residente en España que posea un arma. 859 personas tienen autorizaciones de este tipo. Otras 734 licencias de las que están en vigor en Galicia posibilitan a sus titulares el empleo de armas cortas, mientras que 391 son para coleccionistas.

Los menores también pueden obtener un permiso de armas, pero bajo determinadas condiciones. Deben tener más de 14 años y deben utilizarlas para la caza o para competiciones deportivas y siempre en presencia de un mayor de edad que se haga responsable. En Galicia hay 55 menores con este tipo de permiso.

Por último, 67 personas tienen autorización en Galicia para utilizar armas de inyección anestésica, aquellas capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o el control de animales anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.

Si atendemos a los datos del conjunto de España, la cifra de armas amparadas por una licencia alcanza casi los tres millones. Igual que ocurre en Galicia, una amplia mayoría, el 75 %, son escopetas de caza, a las que siguen los rifles, que suponen el 11 % del total de armas.

Para poder obtener una de esas licencias o para poseer un arma es necesario cumplir una serie de requisitos que pasan, en primer lugar, por que la persona que tenga acceso a un arma esté en perfectas condiciones mentales y físicas. Además, con el fin de tener un control sobre las armas, cualquier cambio en la ubicación o en el estado de las mismas debe ser notificado a las fuerzas de seguridad.

Para poder tener o llevar armas de fuego en territorio español es necesario contar con una licencia. Para tramitar esta documentación, y también las autorizaciones especiales, los solicitantes deben acreditar que su estado físico y psicológico es el adecuado y que tienen los conocimientos necesarios sobre el manejo, el mantenimiento y la conservación de las armas. Además, los dueños de las armas de fuego tienen la obligación de guardarlas en un lugar seguro y de tomar precauciones para evitar su pérdida o su robo. Si aún así el arma se extravía o es robada, o si sufre algún tipo de daño, su dueño debe comunicarlo de forma inmediata en la oficina de intervención de armas de la Guardia Civil correspondiente. También aquí debe informar sobre cualquier cambio de domicilio del titular de un arma.

Otra medida encaminada a garantizar el buen uso de las armas es la caducidad de las autorizaciones. La vigencia de los permisos está condicionada a que se mantengan los requisitos que exige el Reglamento de Armas. El cumplimiento de esas normas puede ser comprobado en cualquier momento y, en caso negativo, la autorización puede ser revocada. Además, una vez que el plazo de validez de la licencia finalice, el dueño del arma debe depositarla en la intervención de armas más próxima a su domicilio, porque en caso de no hacerlo puede ser acusado de un delito de tenencia ilícita de armas.

De todos modos, la ley permite, en determinados casos tener en casa un arma sin licencia. Es posible siempre y cuando se trate de un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares y una vez acreditado su valor histórico o artístico. También se pueden tener armas de avancarga, documentadas y cuando su dueño presente previamente un informe que acredite sus adecuadas condiciones físicas y mentales. En ambos casos es necesario que los propietarios de las armas adopten las medidas de seguridad necesarias para poder tenerlas en casa, medidas que deben ser supervisadas y aprobadas por la Guardia Civil. Estas armas no pueden utilizarse ni cambiar de manos.