El Constitucional no admite el recurso contra la subida del canon de Sogama

serafín lorenzo SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

José Manuel Casal

Rechaza el procedimiento que impulsó el Concello de Piñor contra el «tasazo»

11 may 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La Xunta ha obtenido una primera victoria en la vertiente judicial del conflicto abierto con varios concellos por la subida del canon de Sogama que aplicó en marzo del 2014, y que encareció en un 34 % la tasa que pagan los 297 municipios adheridos por la recogida y tratamiento de sus residuos. El Tribunal Constitucional ha frenado el recurso que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense interpuso hace un año a instancia del concello ourensano de Piñor, al que la Fiscalía apoyó en su tesis de que la disposición adicional incorporada a la Lei de Orzamentos del 2014, que contemplaba esa subida del canon, podría vulnerar ocho artículos de la Constitución. Frente a esto, el Constitucional resuelve la cuestión de inconstitucionalidad con una inadmisión. Es decir, ni siquiera se pronuncia. Aunque todavía quedan otras tres, planteadas por juzgados de Ourense, Lugo y Santiago sobre el mismo asunto, la primera parece ilustrativa destino que pueden seguir.

El Constitucional determina que «integran el presupuesto de la comunidad autónoma los presupuestos de explotación y capital de las sociedades mercantiles públicas autonómicas». Y subraya que «Sogama es una de estas sociedades». Aplaca así una vía judicial con la que los ayuntamientos críticos pretendían obtener un pronunciamiento al respecto de si la Xunta invadió competencias locales al decidir la subida del canon de Sogama de forma unilateral. Estos recursos son la vertiente jurídica del frente político abierto por una veintena de concellos, que decidieron expresar su objeción al tasazo con una negativa a abonar el tramo correspondiente a la subida del canon. Sin embargo, los municipios han ido levantando el pie en esa medida de presión contra un encarecimiento de la tasa que la Xunta suavizó en enero del 2015, con la rebaja del 10 %.

Pero el factor determinante de la reducción del número de concellos objetores ha sido la estrategia de presión desplegada por el Ejecutivo gallego a través de retenciones del Fondo de Cooperación Local. Desde que la Consellería de Facenda comenzó a penalizar con ese cierre del grifo a los ayuntamientos críticos, en octubre pasado, los que siguen con los impagos han bajado de diez a seis. Entre octubre y marzo, Facenda ha bloqueado 649.681 euros con cargo a las partidas de ese fondo autonómico que corresponden a los municipios díscolos. En octubre retuvo 135.400 euros. Pero en marzo ese importe había descendido a 64.218, lo que evidencia un paulatino retorno a la normalidad tras la aplicación de una medida a la que la Xunta nunca había recurrido hasta ahora, y que ejecuta con el argumento de que el incumplimiento de unos pocos no puede suponer un agravio para la mayoría que sí pagan por el servicio que reciben. Con todo, el Ejecutivo gallego solo utiliza las retenciones en los concellos que entiende que no abonan el canon por razones de objeción política.

La decisión del Constitucional resuelve uno de los diversos frentes abiertos en Sogama, que debe hacer frente a una sentencia por la que tendrá que devolver 17 millones al Estado en primas cobradas de forma indebida.