El exsubdelegado del Gobierno de Lugo, condenado por retirar multas

La Voz LUGO / LA VOZ

GALICIA

OSCAR CELA

La Audiencia Provincial también castiga al exjefe de Tráfico. Ambos tendrán que indemnizar con 9.180 euros al Estado por el perjuicio causado

11 jul 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Lugo condenó a siete meses y quince días de cárcel al exsubdelegado del Gobierno en Lugo, Jesús Otero Calvo, como autor de un delito continuado de tráfico de influencias. Otero, uno de los principales imputados -23 en total- en la trama de retirada de multas, y que actualmente es alcalde de Monterroso por INTA (Independentes Terras do Asma), también fue inhabilitado para empleo o cargo público durante dos años y tres meses.

Jesús Otero no quiso realizar declaraciones sobre su futuro y se mostró tranquilo después de conocer el fallo. Se limitó a señalar que está estudiando presentar un recurso de casación ante el Supremo, para lo que dispone de un plazo de cinco días.

Junto a Otero también fue condenado el exjefe de Tráfico de Lugo, Julio González Díaz. En este caso por un delito continuado de falsedad documental -dos años y tres meses de cárcel y multa de siete meses y quince días con una cuota diaria de cinco euros e inhabilitación durante dos años- y por otro continuado de prevaricación. Por este último la pena es de cuatro años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Entre ambos tendrán que indemnizar al Ministerio de Hacienda con 9.180 euros en concepto del perjuicio causado por la retirada de las multas.

La funcionaria de Tráfico Consuelo Fernández, que también se sentó en el banquillo, quedó libre de todos los cargos que le imputaban, al constatar que hacía lo que su jefe le mandaba «sin fijarse en la identificación de las personas beneficiadas».

Los absueltos

La Audiencia Provincial absolvió al sacerdote Luciano Armas Vázquez; al exalcalde de Muras, Issam Al-Nagm; al exconcejal del BNG de Sarria, José Luis Castro; a Antonio Ángel Ceide Novo; al alcalde de Meira, Antonio de Dios Álvarez; a Mariano Díaz Rosado; a Miguel Ángel Fernández López; a José Luis Galán Torre; a José María Gómez Lombao; a Adrián González Pérez; a José Antonio López Barreiro; a José Antonio López López; a Álvaro Macía Prieto; a Iván Marcos Méndez; a Xoán Xosé Molina; a José Rábade Arias; a Álvaro Sobrado Pérez; a Ángel Soto Mosqueta y a Agapito Vázquez Barral. Todos ellos estaban acusado de tráfico de influencias y se sentaron en su día en el banquillo.

En la sentencia dada a conocer ayer y que consta de 73 páginas, también figura absuelto el alcalde de Pedrafita, José Luis Raposo, a quien el fiscal retiró la acusación en el juicio, celebrado en el mes de mayo del año 2014.

La sentencia considera probado que entre los años 2006 y 2008 numerosas personas denunciadas por infracciones de tráfico -exceso de velocidad, alcoholemias y circular sin cinturón de seguridad, entre otras infracciones- hicieron llegar al exsubdelegado del Gobierno y al jefe de tráfico documentación de sus expedientes sancionadores, en diferentes fases, con la finalidad de eludir las sanciones económicas, privativas de derechos o que suponían la retirada de puntos.

Decisión caprichosa

Según el fallo, Jesús Otero y Julio González, «sin fundamento alguno, caprichosa e injustificadamente, salvo el interés de beneficiar exclusivamente a las personas sometidas a expedientes, convinieron la práctica de decidir archivar los expedientes, ordenando la práctica de la anotación «Terminación por Sobreseimiento» (TS) en la aplicación informática que registraba todos los pasos».

En la relación de hechos probados, recoge que las sanciones quedaban sin ejecutar como consecuencia de las presiones que ejercía Jesús Otero sobre Julio González «desde su posición de superioridad, derivada del cargo que desempeñaba». El fallo también hace alusión a que hacían anotaciones en los boletines con nombres de personas «generalmente de su mismo partido político, que aparecían como personas que intercedían por los sancionados».

También aparecen casos de políticos de otros partidos en la exhaustiva relación que hace, una a una, de las sanciones anuladas en su día. Es el caso del exalcalde de Muras. Consta que en febrero del 2009 envió un fax a la Subdelegación de Gobierno con la resolución en la que se le imponía una multa de 380 euros por exceso de velocidad.

La sentencia hace alusión también a que en algunas ocasiones era el jefe de Tráfico el que retiraba las multas sin que se lo solicitase, por escrito o telefónicamente, el subdelegado del Gobierno.

El tribunal califica de «extraordinariamente relevantes» las manifestaciones tanto de Otero como de González en el juicio a la hora de condenar a ambos.

El tribunal les una rebaja en la pena de un grado, por el tiempo transcurrido de siete años entre el inicio de la investigación y el juicio. Considera que no observaron motivos «que pudiesen justificar tal considerable dilación temporal».