Entienden los magistrados que se vulneró el artículo 8 del Tratado de Roma y que fue una «injerencia y una intromisión en la vida privada y familiar»
21 ene 2015 . Actualizado a las 05:00 h.Antes de las declaraciones de los tres acusados, el tribunal de la sección compostelana de la Audiencia Provincial debía pronunciarse sobre las cuantiosas nulidades que había solicitado la abogada de la defensa y que afectaban a todo el proceso. Pretendía la letrada echar abajo toda la instrucción del juez José Antonio Vázquez Taín, al que acusó de parcialidad y de haber coaccionado a su cliente para que confesase.
De todas las nulidades solicitadas, el tribunal solo le dio la razón en una, que afecta a la instalación por parte de la policía de micrófonos en el piso de O Milladoiro (Ames) en el que vivían Fernández Castiñeiras y su esposa. Entienden los magistrados que se vulneró el artículo 8 del Tratado de Roma y que fue una «injerencia y una intromisión en la vida privada y familiar». La decisión es más un toque de atención a Vázquez Taín, al que la Audiencia ya reprendió por otro motivo durante la instrucción de este caso, que un contratiempo para la acusación, ya que las escuchas que se efectuaron con los micrófonos no ofrecieron ningún resultado que afectase a la investigación.
El resto de las pruebas, entre ellas los vídeos en los que el ladrón del Códice aparece llevándose fajos de billetes de la caja fuerte del administrador, han sido declarados válidos. También la declaración de Fernández Castiñeiras ante Taín, pese a que el presidente del tribunal, Ángel Pantín, sí reconoció que la queja de la defensa por el tono que utilizó el juez era «legítima». Tono que incluyó expresiones como «entre fantasmas no nos pisemos las sábanas» o dirigirse a él como «meu rei».