Absuelven al alcalde de Trazo pese a que desde su despacho se ven las obras que aseguró desconocer

R. G. A CORUÑA / LA VOZ

GALICIA

Había sido denunciado por el grupo municipal socialista por firmar una factura a una empresa constructora por una edificación cuando las obras no estaban hechas

07 oct 2014 . Actualizado a las 11:05 h.

José Dafonte Varela, alcalde de Trazo, ha sido absuelto del delito de falsedad documental por el que fue juzgado el pasado día 3 en la Audiencia provincial de A Coruña. Dafonte, del Partido Popular, había sido denunciado por el grupo municipal socialista por firmar una factura a una empresa constructora por la edificación de un graderío en el campo de fútbol de la parroquia de Campo cuando las obras no estaban hechas. La sentencia considera probado que la Diputación de A Coruña concedió una subvención para dichas obras en septiembre del 2008 y la comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Trazo aprobó el 31 de julio del 2009 una factura de más de 26.000 euros por la ejecución de las obras de dicho graderío «decidiendo pagarla con cargo a la correspondiente partida presupuestaria». Esto dice la sentencia para añadir: «Sin embargo, las obras no habían sido realizadas todavía en fecha 9 de septiembre del 2009, sin que constase eso al alcalde, si bien se realizaron posteriormente».

El ponente de la sentencia sostiene, al igual que hizo en la vista oral el abogado de Dafonte, José Roibas, que no existe dolo falsario en la actuación del alcalde. En cuanto a las reiteradas afirmaciones de Dafonte, en la vista oral, de que no sabía si las obras para las que firmó la factura estaban hechas o no, el fallo judicial recuerda que una testigo en la vista oral «aseguró de forma muy gráfica que el referido campo de fútbol puede verse desde el despacho oficial del alcalde, cuestión que parece verosímil pero que no se ha contrastado». También destaca la sentencia la declaración del técnico de la Diputación que instruyó un expediente sancionador al Ayuntamiento de Trazo por inexactitudes en el expediente y que, para el juez, dejó claro «que nadie comprueba la realidad de la realización de las obras subvencionadas cuando se trata de las denominadas obras menores, de modo que puede percibirse la subvención sin que se realicen». Contra esta sentencia se puede presentar recurso de casación.