La importancia de la realidad social

GALICIA

19 sep 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia ciertamente valiente y novedosa. Alude a la realidad social a la hora de obligar a un padre a abonar la pensión de alimentos a su hija de 30 años, la cual no encuentra un trabajo estable. El artículo 152.3 del Código Civil establece el fin del pago de la pensión de alimentos: cuando el hijo pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión de alimentos para su subsistencia. Y según lo que consideran los magistrados que dictaron dicha resolución judicial, en este caso no se daban los requisitos exigidos, ya que la hija, a pesar de su edad, exclusivamente trabajó en los últimos 8 años en esporádicas ocasiones, y solamente por espacios breves de tiempo. Según los togados, y en eso coincido plenamente con ellos, la actual realidad social ha cambiado sumamente en los últimos años, con una profunda crisis económica y unas tasas de desempleo muy importantes. A mi entender han hecho más que bien su trabajo, y se han limitado a aplicar no solo la letra, sino también el espíritu del citado texto legal. La ayuda solidaria entre familiares debe primar, y no está condicionada por los años del perceptor, ya que ningún artículo del Código Civil limita la edad a la hora de ser acreedor a recibir la oportuna pensión de alimentos.

Nos encontramos ante una sentencia que antes de que entráramos en esta inacabable crisis económica sería impensable, pues antaño a una persona de 30 años que hubiese culminado sus estudios, y no encontrara trabajo, se le incluiría en el denominado parasitismo social. Pero las circunstancias han cambiado, y la Audiencia coruñesa ha sabido estar a la altura de las circunstancias. Y de los tiempos. Haber resuelto de otra manera hubiese significado dejar a una hija sin la preceptiva ayuda que, en atención al artículo 143.2 del Código Civil, todo ascendiente está obligado a prestar a un descendiente. Y viceversa.