Pena de 17 años de cárcel por agredir y abusar sexualmente de dos niños en Quintela de Leirado

m. Rodríguez OURENSE / LA VOZ

GALICIA

El acusado también tenía un tercer cargo sexual sobre otro menor, pero el tribunal entendió que los hechos, ocurridos en el 2002, estaban ya prescritos

03 ene 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a Julio Pérez Estrada, de 52 años, a 13 años de prisión como autor de un delito de agresión sexual cometido en agosto del 2010 en un pueblo de Quintela de Leirado y en el que la víctima fue un niño que entonces tenía ocho años.

El tribunal consideró probado que el acusado aprovechó que el menor se había quedado a comer en su casa para llevarlo a un dormitorio, donde lo obligó a desnudarse y abusó de él. Al niño lo había amenazado con «cortarle la cabeza» si decía algo y lo atemorizó con una catana de juguete.

Para la Audiencia, estos hechos son un delito de agresión sexual, corroborado por la declaración de la víctima como principal prueba de cargo. El tribunal ourensano, cuya sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, consideró que el testimonio del menor fue coherente, sincero y verosímil, y los jueces percibieron «de forma directa el sufrimiento vivido por el mismo al rememorar estos hechos». Esa agresión sexual provocó un trastorno psicológico al menor.

Además de pagar con 13 años de prisión por este delito, el acusado deberá indemnizar al menor con veinte mil euros y no podrá acercarse a él, a su domicilio o al de sus abuelos durante quince años.

Cuatro años más

Además de esta agresión, Julio Pérez Estrada ha sido condenado también por abusar sexualmente de otro niño en la misma localidad, en este caso a cuatro años de cárcel. La Audiencia Provincial consideró probado que el acusado abusó en junio de 2012 de un niño de siete años. En este caso, el encausado celebraba una parrillada en su casa y la víctima acudió a la comida con su abuelo. Según quedó probado en el juicio, Pérez siguió al niño cuando fue al cuarto de baño y abusó de él.

El acusado también tenía un tercer cargo de abuso sexual sobre otro niño, pero el tribunal entendió que los hechos que se le atribuían en ese caso al acusado estaban ya prescritos, pues la denuncia se presentó diez años después de que hubieran ocurrido, en el año 2002.