Cerco europeo al céntimo sanitario

Cristina Porteiro
cristina porteiro BRUSELAS / E. LA VOZ

GALICIA

El recargo sobre el impuesto a los carburantes que se aplicó en Galicia entre el 2004 y el 2012, y al que también recurrieron otras comunidades autónomas, podría ser declarado ilegal

25 oct 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El abogado general del Tribunal de Justicia Europeo, Nils Wahl, hizo público ayer un dictamen en el que acusa a España de vulnerar la directiva europea de impuestos especiales con el gravamen sobre gasolinas, gasoil, fuel y queroseno que España aplicó desde el 2002 hasta diciembre del 2012. En el caso de Galicia, comenzó un poco más tarde. Fue en el 2004, después de que esta tasa creada para financiar el sistema público de salud fuera introducida por José Antonio Orza en el año 2003.

En muy pocos meses, el alto tribunal europeo deberá dictar sentencia y avalar o rechazar la denuncia que interpuso una empresa catalana de transportes contra la Generalitat, al considerar que se le habían cobrado de forma ilegal 45.000 euros en virtud de ese recargo.

Si el fallo coincide con los planteamientos de Wahl, que van en la línea de los denunciantes, España podría verse en la obligación de devolver unos 13.000 millones de euros que ingresó en sus arcas gracias a este impuesto, a lo largo de los diez años que estuvo en vigor. La probabilidad de que eso ocurra es muy alta, ya que en el 80 % de los casos, la Justicia europea avala los dictámenes previos.

Tributo ilegal

En el texto del abogado se especifica que el céntimo sanitario incumple dos principios fundamentales de la directiva europea. El primero es que el gravamen tenga una finalidad específica, no afán recaudatorio. En este caso, Wahl no percibe en el tributo ningún elemento que desincentive el consumo de estos carburantes en favor de otros alternativos y además indica que ya existe un impuesto nacional que intenta reducir el coste medioambiental y sanitario de esos carburantes.

En segundo lugar, el texto asegura que, al contrario que los tributos especiales y el IVA, el céntimo sanitario impone la obligación de pago solo al final del proceso, cargando el peso únicamente sobre el consumidor al no aplicarse a lo largo de todo el proceso de comercialización.

Al igual que ocurrió con la devolución de las ayudas del tax lease, España quiere evitar a toda costa tener que hacer frente al reembolso de 13.000 millones de euros, que esta vez irían al bolsillo de empresas y consumidores, por lo que el Gobierno ha pedido que se limiten los efectos en el tiempo de la sentencia final, en el caso de que se declare ilegal el impuesto. La idea es que la obligación de devolver el dinero se refiera solo a unos años, no a todos en los que estuvo en vigor.

Retroactividad

A la luz de la precaria situación económica española, Wahl asegura que el tribunal podría suavizar el castigo, incluso teniendo en cuenta que existía certidumbre jurídica y que presuntamente España violó de forma consciente las normas comunitarias: «Es posible en determinadas circunstancias completamente excepcionales en las que la repercusión económica de la retroactividad sería especialmente grave», explica.

Sin embargo, cree que puede pesar la mala actitud de las autoridades españolas que no tomaron medidas para cumplir con la normativa hasta principios de este año, pese a las advertencias de Bruselas: «España parece haber asumido deliberadamente el riesgo de seguir adelante con la legislación que se ha aplicado durante muchos tiempo en perjuicio del consumidor final y del mercado interior», afirma.