Condenada a 6 meses por bigamia una mujer que se casó en Paraguay y Galicia

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

El fallo también condena al segundo marido al entender que tenía «pleno conocimiento» de la situación de su esposa

26 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El 12 de julio del 2008, Amalia Eresmilda R.?G. y José Luis F.??R. contrajeron matrimonio canónico en el municipio pontevedrés de Campo Lameiro. La ceremonia estuvo oficiada por un sacerdote que, como suele ocurrir en estos casos, bendijo la unión recién formalizada.

No habría sido así si el cura hubiese conocido la situación real en la que se encontraba la mujer. Ocho años antes, Amalia Eresmilda se había casado por primera vez en su país de origen, Paraguay, y el matrimonio no se había disuelto cuando dijo el «sí quiero» en segundas nupcias. En definitiva, el sacerdote, sin él saberlo, ofició el matrimonio de una bígama, toda vez que en el expediente se hizo constar que «el estado civil de la acusada era el de soltera».

Por estos hechos, ambos contrayentes han sido condenados por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra a seis meses de prisión como autores de un delito de matrimonio ilegal. En el caso de la mujer, se considera que es autora material, mientras que su marido fue penado como cooperador necesario, ya que tenía «pleno conocimiento» de que el primer matrimonio no había sido disuelto.

La magistrada pontevedresa, además, decreta la cancelación de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil, al tiempo que les impone a ambos encausados el pago de las costas procesales. La jueza considera que en la actitud de ambos existió dolo. De este modo, de nada les sirvió alegar que actuaron creyendo que la mujer se había divorciado. Relataron, en este sentido, que se pusieron en contacto con una abogada en Paraguay y que fue esta quien les comunicó que ya se encargaba de todos los trámites. Añadieron que la letrada le preguntó a la mujer si quería constar como soltera o divorciada, y que Amalia optó por la primera opción. La misma que hizo constar en el expediente que se abrió para contraer matrimonio en Campo Lameiro.

Sin embargo, la magistrada pontevedresa es contundente. «Nadie cree por error que está soltero si ha contraído matrimonio», de la misma manera que «nadie cree por error que está divorciado si no ha existido un proceso de divorcio».

En este punto, añade que, además, no se tramitó ninguna prueba documental que afianzase su versión, ni la resolución judicial que hubiese avalado su supuesta separación. En su opinión, lo lógico en estos supuestos es que su abogada «le enviase alguna comunicación o resolución por escrito, y más aún desde el momento en que se vieron involucrados en este procedimiento».

A mayores, recalca que es inverosímil que se pueda creer que «la información sumaria de testigos que aportaron al expediente tramitado para autorizar la celebración del matrimonio canónico equivalga a una sentencia de divorcio».

Flagrante mentira

Las críticas de la magistrada pontevedresa al proceder de la acusada no terminan aquí. De hecho, la acusa de faltar a la verdad: «Es flagrante la falta de veracidad de dicha información testifical por cuanto, en ningún caso, Amalia sería soltera, sino que en todo caso sería divorciada».

En cuanto al que iba a ser su marido, José Luis, sostiene que reconoció que sabía que su pareja estaba casada en primeras nupcias, y emplea idénticos argumentos para rechazar que pudiese creer que su pareja había obtenido el divorcio.