Acuerdan una condena de 9 años para el alemán que mató a su esposa en 1996

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

Jurgen Dietmar, que ya cumplió 6 años de pena, cometió el crimen la víspera de la vista para la separación matrimonial

18 abr 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

Con un lacónico «ja» -«sí», en alemán-, Jurgen Dietmar reconoció ayer en la Audiencia de Pontevedra haber matado a su esposa en septiembre de 1996, veinticuatro horas antes de que se celebrara la vista oral por la separación del matrimonio.

Fue una comparecencia breve, en gran medida motivada porque poco más podía añadir después de que, tal y como estaba previsto, la Fiscalía, la acusación particular y la defensa hubiesen llegado a un acuerdo de conformidad. Este pacto supone la aceptación de una condena de 9 años de prisión por un delito de homicidio, una pena en la que se contabilizarán los seis que el encausado, que tiene 75 años, ya cumplió entre rejas.

La representante del ministerio público defendió ante el jurado popular esta pena. Tras enfatizar que era la segunda vez en sus veinte años de carrera profesional que un imputado por un crimen así se reconocía autor del mismo, precisó que Jurgen Dietmar ha colaborado con la Justicia: «Tengo que valorar lo que perjudica, pero, también, lo que beneficia al acusado».

Además de la confesión, otra de las circunstancias que han beneficiado al encausado es el hecho de haber abonado la responsabilidad civil. Curiosamente, las indemnizaciones a sus dos hijos no se pagarán con dinero contante y sonante, sino «renunciando a los derechos que tenía sobre su vivienda».

La acusación particular reseñó que entendían que «se hace justicia en el momento en el que reconoce los hechos y muestra arrepentimiento».

Además de Jurgen Dietmar, los únicos que prestaron declaración fueron los forenses portugueses que realizaron la autopsia. No en vano, Jurgen Dietmar se deshizo del cadáver en el río Miño y este apareció, cuatro días después del homicidio, en aguas de la localidad de Valença.

Estos expertos destacaron que no se hallaron sustancias tóxicas en el cuerpo, así como determinaron que la muerte se produjo por la obstrucción de las vías respiratorias mediante la introducción en la boca de una bolsa de plástico cuando la mujer aún tenía constantes vitales: «Las características de la agresión son indicativas y adecuadas para causar la muerte».

Luego vendría su arresto, su condena inicial, la revocación de la misma, su puesta en libertad provisional y posterior huida a Bolivia hasta que fue arrestado, de nuevo, en el 2009.

Con tales antecedentes, no fue extraño que el jurado popular, por unanimidad, declarase al acusado culpable de homicidio.