Crece el número de declaraciones de muerte para cobrar herencias

Xosé V. gago / Nacho Mirás FERROL, SANTIAGO / LA VOZSANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

Los juzgados gallegos gestionan decenas de procesos de ese tipo cada año

18 mar 2012 . Actualizado a las 06:00 h.

Aunque ya no son tan comunes como en los años ochenta y noventa, es rara la semana en la que no se tramita una declaración de defunción en algún juzgado gallego. Es más, la crisis ha provocado cierto repunte de esos procedimientos judiciales en el último año, apuntan funcionarios del sector, ya que en algunos casos son procesos imprescindibles para el cobro de herencias y la ejecución de testamentos.

Las declaraciones de defunción forman parte de la llamada «jurisdicción voluntaria», que requiere la intervención de un juez, pero en la que no se produce contienda entre las partes.

El trámite tiene la finalidad de declarar fallecida a una persona que lleva largo tiempo desaparecida. Eso permite que se pongan en marcha otros procedimientos, como el de herencia.

En Galicia son comunes las declaraciones relacionadas con personas que emigraron a América antes de los años cincuenta y de las que no se volvió a saber o que desaparecieron durante la Guerra Civil o en naufragios.

La ley permite declarar fallecida a una persona de la que no se tienen noticias en diez años, o en la mitad de tiempo si el ausente tiene 75 o más años. Esos plazos se acortan en circunstancia especiales. En caso de un siniestro aéreo o marítimo la declaración de fallecimiento de un desaparecido puede iniciarse pasados tres meses.

De Narón y 113 años de edad

Esos son plazos mínimos, que en algunas ocasiones son superados de forma muy amplia. Por ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol anunciaba recientemente que ha abierto expediente de declaración de fallecimiento de Manuel Bouza García, «vecino de Narón de 113 años de edad», que se ausentó de su último domicilio y del que no se han tenido noticias «desde hace 93 años».

Otro caso, aunque relacionado con la emigración de mediados del siglo pasado, es el de Manuel Gallardo Abeijón, que nació en Lousame (A Coruña) en 1893 y en 1940 emigró a Argentina. Sus familiares supieron hace poco que falleció en los setenta y han solicitado a los juzgados de Noia que declaren su muerte.

Tres procesos al año

En los tribunales de la ciudad naval se tramitaron tres de esas declaraciones en el último año. Fuentes judiciales señalan que no son procedimientos demasiado comunes.

Sí son bastante largos pues tardan en torno a dos años, ya que debe publicarse tanto en el Boletín Oficial del Estado como en un diario de tirada nacional su inicio y su finalización.

Las declaraciones son iniciadas la mayoría de las veces por personas próximas al desaparecido con el fin de poner en marcha el proceso de sucesión, que no puede iniciarse hasta se dictamine legalmente el fallecimiento de la personas.

Sin embargo, aunque pueden administrarlos, los herederos no pueden disponer libremente de los bienes del muerto hasta cinco años después. El plazo es una precaución por si la persona reaparece.