Un gallego será extraditado si Venezuela garantiza reciprocidad

Julio Á. Fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Es oriundo de Serra de Outes y está acusado de quemar viva a su novia

14 feb 2012 . Actualizado a las 11:38 h.

Alejandro Iglesias Zurita, un joven nacido en Venezuela, hijo de padre gallego, oriundo del municipio coruñés de Serra de Outes, con pasaporte español y venezolano -una doble nacionalidad de hecho-, solo será extraditado a la República Bolivariana si aquel país, en el plazo de dos meses, ofrece por escrito garantías de reciprocidad, aplicable a todos los casos similares que planteen las autoridades españolas.

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resolvió así el recurso presentado por la defensa de Iglesias Zurita contra el auto dictado el pasado mes de noviembre por la Sección Segunda de la misma sala, que declaró procedente su extradición al estar reclamado desde hace poco más de tres años por un tribunal del estado de Anzoátegui por un delito de homicidio agravado, al haber quemado viva a su novia.

La decisión del pleno fue adoptada ya el pasado mes de diciembre. Faltaba darle forma a un auto que tiene fecha de hace una semana, pero que no se hizo público hasta ayer y responde al deseo de forzar al Gobierno de Hugo Chávez a entregar a etarras reclamados por la Justicia española que también gozan de la doble nacionalidad.

La decisión adoptada el pasado 2 de noviembre por la Sección Segunda, que rechazó los argumentos de la defensa de Iglesias Zurita, que se acogía a la ley de extradición pasiva de 1985 -que no contempla la extradición de ciudadanos españoles y que prevé que se remitan las actuaciones practicadas para continuar el procedimiento penal en España-, fue recurrida por su defensa, alegando que Venezuela no entrega a sus nacionales y que la Constitución española la condiciona a la existencia de tratados bilaterales y al principio de reciprocidad.

El tribunal, en este caso, opta por no dar por sentada la falta de reciprocidad por parte de Venezuela en casos similares y por ello resuelve acceder a la extradición del reclamado «si en el plazo de 60 días el Estado requirente da garantías por escrito de que en los supuestos de doble nacionalidad de hecho, como es este caso, aplicará la reciprocidad y accederá a la entrega a España de los reclamados».

Si Venezuela no cumple esta cláusula incluida en el auto, el reclamado será juzgado en España, dado que está en prisión provisional desde su detención en Santiago en junio del año pasado.