El Tribunal Superior anula la absolución de O Chucán y ordena repetir el juicio

julio á fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Cree que hay «abundantes indicios» que deberían ser tomados en consideración por el jurado que vio el caso

16 jun 2011 . Actualizado a las 09:42 h.

La Audiencia Provincial de Lugo tendrá que juzgar de nuevo a José Carnero Fernández, O Chucán, como presunto autor de la muerte de Pilar Palacios, una prostituta cuyo cadáver fue encontrado en la cuadra de la casa del imputado en Sober (Lugo) el 18 de septiembre del 2007.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) estimó los recursos presentados por la Fiscalía y las acusaciones particulares y anuló la sentencia absolutoria que dictó en su día un magistrado lucense de acuerdo con el veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado popular.

El fallo del TSXG ordena que el nuevo juicio se celebre con un nuevo jurado y que se devuelva la prueba aportada por la representación procesal de la madre de la víctima -copias de las declaraciones realizadas a La Voz por O Chucán en las que se reconocía como autor del crimen, varios días después de conocido el veredicto absolutorio-, sin que quede testimonio alguno de la misma.

Motivación insuficiente

Tal y como se puso de manifiesto en la vista oral de los recursos celebrada el pasado día 6, el tribunal asume que la motivación del veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado lucense es claramente insuficiente. Así, en el apartado quinto de sus argumentaciones jurídicas advierte de que «los jurados únicamente manifiestan que no hay pruebas que manifiesten irrefutablemente que el acusado mató a la víctima, porque las pruebas presentadas no son concluyentes». Y, en consecuencia, entienden que con ello reconocen que «tienen dudas sobre la existencia de prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, pero eso no es motivación suficiente».

En cualquier caso, también se añade que «aunque no haya prueba directa, sí hay indicios y prueba indiciaria de cargo en abundancia, sin que por el contrario exista alguna prueba de descargo que favorezca al acusado». Por todo ello, el tribunal concluye que «la simple expresión de la duda no es suficiente, sino que hay que explicar por qué se ha presentado esa duda». Precisa la sentencia del TSXG que lo dicho no implica que la decisión del jurado «sea en sí desacertada». Entienden que «tal vez confundieron prueba de cargo con prueba directa y eso lo expresaran con la palabra irrefutable».

A mayor abundamiento, la sentencia señala que además de «abundantes indicios» existen hechos concluyentes: el acusado llevó a la víctima hasta su casa, donde apareció muerta -es un hecho que se da como probado-, por lo que al menos deberían exigir una explicación por parte del jurado.

Decisión «extravagante»

La resolución despacha la petición planteada por la abogada de la madre de la fallecida para que se pudiesen aportar como prueba la confesión del acusado en los medios de comunicación, a través de las grabaciones y periódicos, diciendo que se trata de una posibilidad «extravagante», no prevista en los recursos.

La sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia tras ser notificada a las partes no es firme. Contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo. De que se anuncie o no ese recurso en los próximos días dependerá el que la Audiencia Provincial de Lugo pueda formar o no en breve plazo un nuevo jurado popular. Mientras tanto, O Chucán seguirá gozando de la libertad de la que disfruta, tras pasar más de tres años preso.

«Aunque no haya prueba directa, sí hay indicios y prueba indiciaria de cargo en abundancia»