El Supremo impide a una filial de Ferroatlántica explotar una mina de cuarzo en Palas de Rei

Benigno Lázare LUGO/LA VOZ.

GALICIA

El tribunal ratificó la prevalencia de los intereses vecinales, culturales y paisajísticos

04 nov 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo echó abajo definitivamente las pretensiones del empresario madrileño y ex ministro Juan Miguel Villar Mir de explotar en el municipio de Palas una mina de cuarzo para sustituir a la de Serrabal. El alto tribunal rechazó un recurso de casación presentado por Cuarzos Industriales contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ratificando la decisión de la Xunta de no admitir la prevalencia de la utilidad pública de la explotación minera.

Cuarzos Industriales, filial del grupo Ferroatlántica, es titular de la concesión minera Merlán 4992, que afecta a 200 hectáreas de los montes vecinales en mano común de Merlán y Hospital. La explotación afectaría a un tramo del Camino Primitivo y se ubicaría en el límite del lugar de interés comunitario (LIC) Serra do Careón, entre Palas y Melide.

En febrero del 2004, la Consellería de Medio Ambiente publicó una resolución declarando improcedente la prevalencia de utilidad pública del proyecto de explotación de cuarzo sobre los montes en mano común de los vecinos de Merlán y Hospital, en contra de lo que pretendía la empresa. Apenas unos meses después, en julio, la Xunta desestimó un recurso de reposición, y Cuarzos Industriales llevó el caso al TSXG, que en diciembre del 2007 desestimó el recurso contencioso-administrativo contra la consellería, decisión que ahora ratificó y cerró el Supremo. También los vecinos defendieron por la vía legal la prevalencia de sus derechos sobre los de la empresa de Villar Mir.

El Supremo, que previamente ya había rechazado tres de los motivos de casación alegados por la empresa, reproduce en su sentencia párrafos enteros de la argumentación del TSXG. «Ante todo -destaca en uno-, llama la atención que la recurrente, que invoca el interés general dimanante de la concesión obtenida, haya esperado alrededor de treinta años para hacerlo efectivo».

La Voz se puso en contacto ayer con un portavoz de Ferroatlántica en Galicia para conocer la opinión de la empresa. Sin embargo, un responsable del grupo dijo desconocer la sentencia y que la tendrán que valorar.