273 euros por un servicio que no se prestó

A. V., A. C. VALDOVIÑO / LA VOZ

VALDOVIÑO

ÁNGEL MANSO

Una vecina de Valdoviño de 81 años recibe un cargo del Concello de Mugardos por un operativo del GES de 2014, por la inundación de la laguna, que afirma que no existió

13 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El 5 de enero de 2014, una vecina de Valdoviño nacida en 1937, con una enfermedad crónica, fue evacuada en ambulancia desde su domicilio, en el entorno de la laguna de A Frouxeira, hasta el Hospital Arquitecto Marcide, en Ferrol. A las 15.30 horas salió del servicio de urgencias en ambulancia, de vuelta a su casa. La calzada estaba inundada, porque la laguna se había desbordado, y el vehículo tuvo que detenerse a 200 metros de la vivienda. El conductor pidió la ayuda de un tractor que se hallaba en la zona y que acercó a la mujer hasta su residencia. El trabajador de la ambulancia se aproximó andando, la cogió en brazos y la llevó hasta la puerta.

Cuatro años y un mes después, esta mujer ha recibido una comunicación del Concello de Mugardos, con un cargo de 273,61 euros, en concepto de «liquidación de la tasa por la intervención de efectivos del Grupo de Emerxencias Supramunicipal (GES)», consistente en «la evacuación de persona enferma por inundación de acceso». Esta octogenaria ha presentado un recurso potestativo de reposición contra la resolución de la alcaldesa de Mugardos del 18 de enero, «por la que se pretende cobrar por dos horas de trabajo de una bomba urbana ligera, dos horas de un pick up, seis horas de oficial [tres personas, dos horas cada una] y 55 kilómetros por el viaje de ida y vuelta». En el recurso se advierte que «está claro que se trata de un error», puesto que, afirma, «no existió tal operativo». «De haberse producido, sería debido a las continuas inundaciones que nos afectan, de las que estamos más que hartos. Solo falta que una persona enferma tenga que pagar el hecho de que la inunden», abunda. A la afectada le sorprende, en todo caso, que la liquidación se haya aprobado el 18 de enero de 2018 (se le notificó el 6 de febrero), «cuando la Ley señala que prescribirá a los cuatro años el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, por lo que estaría prescrito». De ahí que solicite la suspensión del devengo.

«Pretender cobrar dicho operativo a una anciana que vuelve del hospital a su casa en ambulancia, por prescripción facultativa, y se encuentra con una inundación, provocada por la inacción de la Administración, sería como pretender cobrar el coste de los bomberos a la gente que pierde sus casas en los incendios forestales», reza el recurso.

Estudio del recurso y reflexión

La regidora, Pilar Díaz, indicó ayer que los técnicos municipales analizarán el recurso. Sostiene que el operativo sí se efectuó, pero al margen de eso, cree que esta situación debe abrir una reflexión por parte de la Xunta «para saber a quién se carga un operativo por un hecho que no es imputable al beneficiario».