Las pretensiones del comprador de esta vivienda en Pontedeume radicaban en declarar nulo un contrato en el que no se aseguraron cuestiones clave para constituir una hipoteca con garantías. El tribunal cita una larga lista de ejemplos que pueden ser similares en la jurisprudencia y le reconoce que cuando el «cliente bancario no puede, por falta de información adecuada, obtener un conocimiento exacto del alcance de las cláusulas contractuales, ello equivale a una voluntad negociadora inadecuadamente formada lo que conduce a la inexistencia de un consentimiento válido y por tanto a la nulidad del contrato». Finalmente no consideran que este sea uno de los casos en los que la ausencia de consentimiento en el contrato, porque no fuese consciente de los riesgos que implicaba adquirir la vivienda. En cualquier caso, el comprador todavía puede seguir recurriendo esta resolución. Eso sí, la Audiencia le impone las costas del proceso.