Seis meses de cárcel tras escapar de un control de alcohol en una Gilera al grito de «sopla tú si quieres»

Patricia Hermida Torrente
P. Hermida ORTIGUEIRA / LA VOZ

ORTIGUEIRA

Imagen de archivo de una alcoholemia.
Imagen de archivo de una alcoholemia. MIGUEL MIRAMONTES

El conductor iba en moto por Cariño cuando huyó de la Guardia Civil, entre insultos contra los agentes; fue condenado por los Juzgados de Ortigueira y la Audiencia Provincial confirma esa resolución

17 feb 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

A lomos de una motocicleta marca Gilera Runner y tras consumir ingentes cantidades de alcohol, un hombre conducía por el término municipal de Cariño cuando se encontró con un control de la Guardia Civil. Los agentes comprobaron que presentaba «signos evidentes de embriaguez y que podía haber consumido drogas, con fuerte olor a alcohol, pupilas contraídas, comportamiento eufórico, agresivo y amenazante». Intentaron practicarle una alcoholemia pero él huyó a la carrera, en un despiste de los agentes, al grito de «sopla tú si quieres y no me toques los co.... que aún te voy a meter». Por todos estos hechos la Audiencia Provincial confirma una condena de seis meses de prisión para el motorista, que ya había presentado recurso contra una primera sentencia condenatoria en los Juzgados de Ortigueira.

Los hechos ocurrieron el 30 de septiembre de 2023. Como autor de un delito consumado de negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y drogas, los Juzgados de Ortigueira dictaron una primera sentencia de seis meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un año y un día. Además, fue sentenciado como autor de un delito contra la seguridad vial a 65 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación del derecho a conducir por tres años. La Audiencia confirma ahora esas condenas y desestima el recurso de apelación presentado por este hombre.

La Fiscalía también había recurrido la primera sentencia y pretendía la nulidad de actuaciones, por concurrencia de causa de nulidad en el auto del Juzgado de Instrucción de Ortigueira que acordó la continuación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado. Y la defensa solicitaba la absolución por «un error en la valoración probatoria y un error en la aplicación del precepto penal sustantivo». Ambos recursos fueron desestimados.

La Audiencia insiste en que se acreditó conducción antirreglamentaria con derrapes, signos objetivos de embriaguez y falta de control, y por último la huida del acusado (con antecedentes por hechos similares) para no realizar las pruebas de impregnación alcohólica.