La Audiencia confirma un desahucio decretado por un juzgado de Ortigueira a favor de una empresa de Madrid

Bea Abelairas
B. a. c. FERROL / LA VOZ

ORTIGUEIRA

Imagen de archivo del juzgado de Ortigueira
Imagen de archivo del juzgado de Ortigueira JOSÉ PARDO

El primer juicio fue un proceso verbal que ahora se confirma

02 oct 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña confirma un desahucio decretado por un juzgado de Ortigueira a favor de una empresa inmobiliaria con sede en Madrid, que adquirió el inmueble objeto del litigio. Se trata, además, de un rápido desalojo en precario, porque el inquilino no ha podido acreditar que abonasen renta alguna.

La sentencia del tribunal de Ortigueira es del 25 de mayo del 2022, pero el morador de la vivienda presentó un recurso ante la Audiencia Provincial, aunque no le ha valido de nada. El último fallo se acaba de publicar y rechaza el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del ocupante de la propiedad durante años.

Confirma así la resolución del juicio verbal celebrado en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ortigueira: «Debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, condenando a la parte apelante al pago de las costas de esta alzada».

«Ocupación del local»

El fallo de la Audiencia se detiene en repasar las causas del desahucio y también las que motivan el nuevo recurso. «El único motivo del recurso de apelación interpuesto por el demandado, contra la sentencia dictada por el juzgado, que estima la demanda de desahucio por precario interpuesta por la entidad propietaria del local objeto de acción, se basa en el error en la valoración de la prueba por la resolución apelada, al considerar acreditada la ocupación del local litigioso por el demandado —detalla el texto de la sentencia—, reiterando el recurso la alegación de falta de legitimación pasiva, formulada en primera instancia, por entender que no es el ahora apelante quien ocupa el inmueble».