Un juzgado de Ferrol condena a Cofidis a devolver 11.445 euros a un consumidor por un crédito «revolving»

P. H. FERROL / LA VOZ

FERROL CIUDAD

Imagen de la entrada a los juzgados de Ferrol
Imagen de la entrada a los juzgados de Ferrol JOSE PARDO

Anula el contrato por falta de transparencia en sus condiciones

05 mar 2026 . Actualizado a las 12:03 h.

Un juzgado de primera instancia de Ferrol condena  a la entidad financiera Cofidis a devolver 11.445 euros a un consumidor por un crédito revolving. Declara así la nulidad del contrato por falta de transparencia en sus condiciones. Según indican desde el despacho que defendió los derechos del ciudadano, Oulego Abogados y Consultores (Santiago de Compostela), «la resolución judicial estima íntegramente la demanda presentada por el afectado y declara nulas las cláusulas relativas a los intereses remuneratorios y al sistema de amortización del crédito, lo que conlleva también la nulidad del contrato firmado entre las partes».

El contrato analizado incluía un sistema de crédito revolving con una TAE que alcanzaba el 24,51 %, junto a un mecanismo de amortización que podía prolongar indefinidamente la deuda al destinar gran parte de las cuotas al pago de intereses en lugar de reducir el capital pendiente. Según la sentencia, «el consumidor no recibió información clara y suficiente sobre el funcionamiento real del producto ni sobre los riesgos económicos asociados a este tipo de financiación, lo que impide que el contrato supere el control de transparencia exigido por la normativa de protección de consumidores».

La entidad financiera, tras la sentencia, ya consignó la cantidad de 11.445 euros en el juzgado: el saldo resultante tras la liquidación de las cantidades cobradas indebidamente al consumidor. Las costas del procedimiento también correrán a cargo de Cofidis. José Ramón Oulego, socio director de Oulego Abogados y Consultores, subrayó que «las tarjetas y créditos revolving han generado miles de situaciones de endeudamiento prolongado porque el cliente paga durante años sin reducir prácticamente la deuda; las sentencias como esta demuestran que muchos de estos contratos se firmaron sin la transparencia que exige la ley». E insiste en que «prácticamente la totalidad de los créditos revolving anteriores a 2020 son nulos».