El Supremo confirma la condena a un militar por acoso y agresión sexual a una compañera en Ferrol
FERROL CIUDAD
La sala ha ratificado una pena de un año y medio de prisión
11 nov 2025 . Actualizado a las 15:07 h.El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año y medio de prisión impuesta a un marinero militar por un delito continuado de acoso, coacciones y agresión sexual contra una compañera, mientras ambos cursaban estudios en la Escuela de Especialidades Antonio de Escaño de Ferrol. La Sala de lo Militar del alto tribunal, en una sentencia firme dictada el pasado 16 de octubre, ha desestimado íntegramente, informa Europa Press, el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la resolución del Tribunal Militar territorial cuarto, de fecha 12 de febrero de 2025.
Los hechos declarados probados, se remontan a principios de 2023. El condenado, a pesar del rechazo expreso de la víctima, inició una campaña de insistencia y acercamientos no deseados. La situación escaló durante una salida nocturna con compañeros de brigada a un pub de Ferrol. Allí, el acusado se rozó insistentemente con la víctima, «le tocó el culo en repetidas ocasiones y la agarró de la cadera, obligándola a interponer el brazo para apartarlo», según la sentencia. A la salida del local, y en estado ebrio, el hombre la abordó de forma agresiva, profiriendo frases como «hija de puta, te voy a matar», lo que provocó el temor de la joven, que tuvo que ser acompañada a su domicilio por otros compañeros.
El Tribunal Supremo ha analizado y desestimado uno por uno los motivos esgrimidos por la defensa del condenado en su recurso. Entre los argumentos rechazados destacan que el condenado alegó que ya no era militar cuando se le juzgó. El Supremo recordó que la competencia se determina por la condición de militar en el momento de cometer los hechos, no durante el juicio. Y con esta decisión sella una sentencia ejemplar en el ámbito castrense, reforzando la protección de las víctimas de acoso y agresión sexual dentro de las Fuerzas Armadas y delimitando con claridad el concepto de «acto de servicio» para el personal en formación.