Indemnizan a un herido en el traslado del esqueleto de ballena de la SGHN

FERROL CIUDAD

CÉSAR TOIMIL

La Audiencia condena a una aseguradora a abonarle 55.000 euros más intereses

16 jun 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña acaba de confirmar la sentencia de un juzgado de Primera Instancia de Ferrol por la que se condena a una compañía aseguradora a indemnizar con 54.933 euros más intereses a un vecino de la ciudad por las lesiones sufridas en un incidente ocurrido en septiembre del 2014. El hombre participaba en los trabajos de traslado del esqueleto de una ballena al nuevo museo de la Sociedade Galega de Historia Natural (SGHN) y una mano le quedó atrapada entre el cráneo del cetáceo y la pluma de una grúa que descendió a una gran velocidad de forma sorpresiva.

A causa del aplastamiento de su mano derecha, el demandante estuvo hospitalizado ocho días y tiene reconocida una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones laborales y habituales.

El suceso se produjo el día 26 de septiembre del 2014, cuando el demandante y otras personas se encontraban realizando los trabajos conducentes a montar el esqueleto de una ballena en el Museo de Historia Natural de Ferrol. Para la realización de dicho cometido, consistente en el desplazamiento y colocación de los enormes huesos del gran esqueleto, se contrataron los servicios de un camión con grúa y un gruista. La jornada transcurría con normalidad, pero cuando se encontraban asegurando las sujeciones del cráneo de la ballena la grúa descendió, atrapando la mano de la víctima.

La compañía aseguradora del camión grúa, que fue la demandada, impugnó la sentencia de Primera Instancia, alegando la existencia de un error en la valoración del perjuicio estético y la incapacidad permanente parcial. Planteaba, asimismo, que la responsabilidad había sido del propio demandante, por no haber adoptado medidas de seguridad.

La Audiencia ha desestimado el recurso por no encontrar motivos suficientes para considerar errónea la valoración probatoria y las decisiones del Juzgado de Primera Instancia, apostillando que el demandante no hacía nada inapropiado ni inesperado cuando se vio alcanzado por la grúa. De ahí que confirme la sentencia de instancia a favor de la víctima, que estuvo representada en este procedimiento por Javier Ontañón Ortiz, del despacho Aneiros & Ontañón Abogados.