Un vecino de Ferrol le gana un pulso en los juzgados a la compañía Gas Natural Fenosa

FERROL CIUDAD

La eléctrica tendrá que indemnizar al cliente por no haber dado respuesta a sus reclamaciones

12 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La compañía Gas Natural Fenosa tendrá que indemnizar a un cliente con la cantidad de 330,55 euros, más los oportunos intereses legales, además de hacer frente a las costas generadas por el procedimiento que se siguió en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol. Así se establece en una sentencia dictada recientemente por la magistrada Amelia María Pérez Mosteiro.

El demandante es un vecino de Ferrol al que la compañía eléctrica le reclamaba 742,26 euros por un supuesto consumo en una vivienda de su propiedad que está ubicada en O Vicedo. Con posterioridad emitió una nueva factura rectificada de la anterior, aunque también con anomalías, fijando un importe de 466,37 euros, y, finalmente, tras la presentación de nuevas reclamaciones, incluyendo una queja en el Instituto Galego de Consumo, la reclamación se redujo a 43,07 euros.

Como quiera que ninguna de las once reclamaciones presentadas por este vecino obtuvieron respuesta por escrito de la compañía, el hombre optó por acudir a la vía judicial, amparándose en un Real Decreto en el que se establece la obligación de las empresas distribuidoras de atender las reclamaciones que los consumidores hubieran presentado en relación a la medida de consumo, facturas emitidas y cortes indebidos, fijando un plazo máximo de cinco días hábiles para los usuarios de menos de 15 kilovatios y de 15 días para el resto.

En el mismo Real Decreto se estipula que por cada incumplimiento tendrán que abonar al consumidor 30,05 euros, que es la cantidad que el demandante reclamaba, multiplicada por las once reclamaciones sin respuesta.

El debate se centró en la legitimación pasiva de la demandada, que alegó que le correspondía atender las reclamaciones a la distribuidora -Begasa-, pero no a ella, que es la comercializadora. Sin embargo, la jueza concluye que la comercializadora es la que debe responder ante el cliente, sin perjuicio de su derecho a repetir contra la distribuidora.

El demandante estuvo asesorado en este procedimiento por el abogado ferrolano Cristóbal Pintado, que no obstante no lo representó, porque al tratarse de una cuantía pequeña no es preceptiva la intervención de un letrado.

Gas Natural Fenosa explicó a este periódico que la facturación se hizo en base a los datos que le aportó la distribuidora, que en este caso no es una empresa de su grupo.