Absuelven por falta de pruebas a un acusado de agredir a dos familiares

C.L. FERROL

FERROL CIUDAD

El hermano y la madre se acogieron al derecho de no declarar

21 jun 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El titular del Juzgado de lo Penal 2 de Ferrol, Carlos Suárez-Mira, acaba de dictar una sentencia absolviendo a un hombre que responde a las iniciales A.C.F. de un delito y una falta de lesiones por los que había sido juzgado y por los que la Fiscalía solicitaba que se le impusiesen las penas de dos años y medio de prisión y una multa de 420 euros.

En el fallo no se considera probado que el día 11 de febrero de 2013 el ahora absuelto, tras una breve discusión, le hubiese propinado un fuerte puñetazo en la cara a su hermano ni que tampoco le hubiera dado un empujón a su madre cuando mediaba en la disputa. El acusado lo negó y tanto el hermano como la madre se acogieron al derecho a no declarar en contra de su pariente, por lo que el juzgador sostiene que no existe prueba de cargo con suficiente entidad para sobreponerse a la presunción de inocencia que ampara al acusado.

En cuanto a la imposición de costas, el magistrado Carlos Suárez-Mira alude al artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el que se establece que no se impondrá nunca el abono de las mismas a procesados que fueren absueltos.

De ahí, que en aplicación de este precepto, por razón de la ya citada absolución del acusado, se declarasen de oficio las costas procesales de esta causa.