Desestiman la demanda de una mujer que quería desahuciar a su marido de un piso de ambos

CEDEIRA

Juzgado de Ortigueira
Juzgado de Ortigueira JOSÉ PARDO

La demandante le atribuía también un enriquecimiento injusto

22 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

La jueza de Ortigueira ha desestimado la demanda interpuesta por una mujer que solicita el desahucio en precario de su marido de una vivienda ubicada en Cedeira, propiedad de ambos, a la que el hombre se había trasladado cuando iniciaron los trámites de divorcio. Subsidiariamente, la demandante le atribuía al esposo un enriquecimiento injusto y solicitaba que lo condenasen a abonarle a la comunidad de gananciales que integran ambos litigantes el importe de 400 euros al mes, desde octubre del 2020, que fue cuando él se trasladó a esa segunda residencia.

El matrimonio había adquirido la vivienda en cuestión y durante varios años la tuvieron alquilada, motivo por el que la jueza concluye que nunca constituyó el domicilio habitual familiar, tal y como planteó la defensa del demandado, ejercida por el abogado ferrolano Javier Díaz Mosquera. Cuando la relación se rompió, la mujer continuó en el que sí era el domicilio conyugal, mientras que el varón se trasladó a esa segunda residencia.

En la sentencia se establece que la vivienda pertenece a la sociedad de gananciales hasta que se haga efectivo el divorcio y que no procede estimar la acción de enriquecimiento ilícito, porque los dos están abonando los gastos de hipoteca, luz, agua, comunidad y prima del seguro de esa vivienda ubicada en Cedeira.