Una cajera de baja tras acoso sexual en un supermercado de Ferrolterra logra que se le reconozca como accidente de trabajo

Patricia Hermida Torrente
P. Hermida FERROL / LA VOZ

FERROL

Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Marcos Miguez

Sufría estrés y consigue el reconocimiento judicial, tanto en el Tribunal de Instancia de Ferrol como en el TSXG

30 abr 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

La cajera de un supermercado que alegó que sufría estrés por el acoso laboral y sexual por parte de un jefe ha logrado que se le reconozca como accidente de trabajo. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma una sentencia del Tribunal de Instancia de Ferrol, según la cual la baja obedece a las circunstancias anteriores aunque «no haya una condena previa por acoso sexual por lo civil o lo penal» contra su superior.

Considera el TSXG que para que sea accidente de trabajo basta con probar que la enfermedad tuvo por causa exclusiva o preponderante la ejecución de ese desempeño laboral, donde la demandante denunciaba sufrir acoso incluso sexual. En este caso, los especialistas solo han identificado el factor laboral como el generador de estrés.

Ahora el supermercado deberá pagar las prestaciones económicas correspondientes (que suelen ser más cuantiosas en el caso del accidente de trabajo que en el de enfermedad común, y se cobran desde el primer día). La justicia considera que no hace falta que el jefe sea culpable de un delito para que la baja sea laboral.