Recupera los 1.400 euros que habían sustraído de su cuenta para realizar una compra «online» en Lituania

E. Barrera FERROL / LA VOZ

FERROL

El Juzgado de Primera Instancia 2 falló a favor del vecino de As Pontes.
El Juzgado de Primera Instancia 2 falló a favor del vecino de As Pontes. José Pardo

El Juzgado de Ferrol falla a favor de un vecino de As Pontes que recibió un cargo en su tarjeta que no había autorizado

14 mar 2023 . Actualizado a las 17:07 h.

El Juzgado de Primera Instancia 2 de Ferrol falla en favor de un vecino de As Pontes que, en el mes de enero, recibió un cargo de 1.400 euros por una compra online realizada a una tienda de Lituania. El denunciante, defendido por el bufete de Raúl Meizoso Abogados, acudió a dependencias de la Policía Local de As Pontes para interponer la correspondiente denuncia y se personó también en las oficinas de su entidad bancaria para reclamar la cuantía que, según entendía, le había sido estafada. Según obra en la sentencia, el dinero estuvo retenido durante unos días, pero finalmente no fue devuelto al denunciante.

Desde la entidad financiera, por su parte, argumentaron que se trataba de un caso de «estafa phishing», por la que el cliente cedió sus claves de seguridad a través de su teléfono móvil.

Sin rastro de la cesión de claves

Amparándose en la obligación del cliente de proteger sus métodos de acceso seguros, defendían que no existía responsabilidad contractual para el reembolso de los 1.400 euros de la compra denunciada.

En este sentido, la magistrada del Juzgado de Ferrol sostiene que corresponde al «proveedor de servicios de pago probar que el usuario cometió fraude o negligencia grave». Así, el fallo establece que «el estafador tuvo que acceder a las claves de seguridad del demandante, si bien no consta la forma en que pudieron llegar a su conocimiento» y, a pesar de que «es probable que ese acceso sea imputable a una falta de diligencia en su custodia», la entidad bancaria no ha podido probar que el vecino de As Pontes cometiera una negligencia que se pueda catalogar de grave.

Por todo ello, la magistrada condenó a la entidad financiera al reembolso de la cuantía total de la compra denunciada más los intereses legales derivados desde el día de la denuncia.