El juez dicta una sentencia con custodia compartida que solo fue solicitada por el padre en un divorcio contencioso

n. silvosa ferrol / lA voz

FERROL

El texto establece dicha medida para los dos hijos del matrimonio revirtiendo la decisión que otorgó a la madre la guardia y custodia provisionalmente

06 dic 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol ha dictado una sentencia que fija una custodia compartida solicitada solamente por el padre en el marco de un divorcio contencioso. El texto establece dicha medida para los dos hijos del matrimonio revirtiendo la medida que otorgó a la madre la guardia y custodia provisionalmente, dado que el juez considera que «ha quedado acreditada la plena disponibilidad del padre», que trabaja desde casa y «con gran flexibilidad de horarios para ocuparse de sus hijos». Asimismo, la sentencia asegura que a pesar de que tiene que viajar ocasionalmente por razones laborales, la familia paterna también cuenta con plena disponibilidad.

La custodia compartida atiende a dos supuestos: cuando la solicitan ambos progenitores conjuntamente, o bien cuando lo haga uno solo y se considere que es la mejor opción para el interés del menor. «Valorando las circunstancias concurrentes, habiendo solicitado una de las partes la estipulación de la guarda y custodia compartida y en el interés de los hijos menores de edad, ha de accederse a tal pretensión», dice el juez, a lo que añade que se hará «manteniendo el ejercicio de la patria potestad de forma conjunta por ambos progenitores, al no revelarse de lo actuado causa alguna para privar de la misma a ninguno de ellos». Así, el fallo estipula que la guarda y custodia se desarrollará por semanas alternas con dos días de visitas intersemanales a favor del progenitor que no tuviera a los hijos en su compañía, mientras que en verano se desarrollará por quincenas alternas. Además, el padre que no tenga a los menores en su compañía podrá comunicarse diariamente con ellos. No obstante el padre, defendido por el despacho de Eduardo Elías, deberá abonar 250 euros mensuales durante cinco años para cada hijo en concepto de alimentos, lo que hace una suma de 500, así como otros 500 para su exesposa en concepto de pensión compensatoria dado que el juez estima que empeora su nivel de vida a consecuencia del divorcio al no disponer de ingresos. El domicilio familiar también queda para uso y disfrute de la mujer mientras los hijos no alcancen la mayoría de edad