Como consecuencia de la colisión, el motorista Alejandro R. G. sufrió un traumatismo craneoencefálico con pérdida de conocimiento y fractura de la fiáfasis femoral de la pierna derecha. Tardó en curar 231 días y le quedan como secuelas una cicatriz y la prótesis interna que le instalaron.
La sentencia considera que un testigo aportado por la defensa es «parcial» cuando declara que fue el motorista el que invadió el carril contrario y se le cruzó al furgón.