El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró legal en el año 2021 la revocación de la amnistía en Eslovaquia
ESPAÑA
En España la ley tendrá que pasar el filtro del Tribunal Constitucional
13 nov 2023 . Actualizado a las 00:09 h.Tanto el PSOE como ERC y Junts han puesto especial cuidado en redactar la ley de amnistía de manera que su aplicación no pudiera ser rechazada por los tribunales de justicia. Sin embargo, existen precedentes en Europa de revocación de leyes de amnistía. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del año 2021 consideró legal la revocación de una amnistía decretada por el nuevo gobierno de Eslovaquia en el año 2017. Los hechos se remontan al año 1998, cuando el Ejecutivo eslovaco decidió amnistiar a miembros de varias agencias de seguridad que, entre otros delitos, habían secuestrado al hijo del entonces presidente del país.
Un tribunal eslovaco elevó una cuestión prejudicial ante la justicia europea, que resolvió que el levantamiento de la medida de gracia era plenamente legal y que no vulneraba el artículo 50 de la Carta Fundamental de Derechos Humanos de la Unión Europea que establece que una causa penal no puede juzgarse dos veces.
Tal y cono informó The Objetive, el 3 de marzo de 1998 el presidente del Gobierno de la República Eslovaca decretó una amnistía que abarcaba a las personas que en 1995 fueron objeto de diligencias penales en Eslovaquia por una serie de delitos. El Tribunal Comarcal de Bratislava archivó las referidas diligencias penales al amparo de dicha amnistía.
Leyes contra la amnistía
Esta resolución, que adquirió firmeza, produjo en el derecho eslovaco los mismos efectos que habría tenido una sentencia absolutoria. Posteriormente, el 4 de abril de 2017 entraron en vigor dos nuevas leyes constitucionales por las que el Consejo Nacional de la República Eslovaca revocaba la amnistía. Una decisión que fue avalada por el Tribunal Constitucional eslovaco. Una vez se reanudaron las diligencias penales, el tribunal comarcal elevó una serie de cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Una de ellas hacía referencia a un acusado contra el que se pretendía emitir una orden europea de detención. La justicia europea estableció que dicha reclamación era procedente y que no se vulneraba el artículo 50 de la Carta Fundamental de Derechos Humanos de la UE.
En el caso de España, la ley de amnistía que aprueben el PSOE y sus aliados de investidura tendrá que pasar con seguridad el filtro del Tribunal Constitucional por denuncias que presentarán con toda seguridad el PP y Vox. Y tampoco es descartable que el asunto acabe en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de que se presente un recurso en esa instancia.
En ese caso, los tribunales podrían declarar ilegal la ley de amnistía. El recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley de amnistía podría llevar a que esta no se aplique cautelarmente a los encausados en tanto no se pronuncie en una sentencia.