El CGPJ eleva a 721 las condenas rebajadas por el «solo sí es sí»

Alberto Gómez MADRID/COLPISA

ESPAÑA

La ministra de Igualdad, Irene Montero
La ministra de Igualdad, Irene Montero Alberto Ortega | EUROPAPRESS

Estas resoluciones han supuesto al menos 74 excarcelaciones, aunque el órgano judicial advierte de que la cifra puede ser aún mayor

02 mar 2023 . Actualizado a las 18:23 h.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha publicado su primer informe sobre las consecuencias de la aplicación de la ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del «solo sí es sí». Hasta ahora, los tribunales han acordado al menos 721 reducciones de pena, según los datos recabados del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas y las audiencias provinciales.

Estas resoluciones han supuesto al menos 74 excarcelaciones, aunque el CGPJ advierte de que no todos los órganos judiciales han aportado esta información y la cifra real puede ser más elevada.

La comisión permanente ha acordado este jueves que la información será actualizada de manera periódica, como los medios de comunicación llevaban meses solicitando. El Tribunal Supremo ha notificado 10 rebajas de condena sin propiciar ninguna excarcelación, mientras que los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) han reducido penas en 37 casos dando lugar a una salida de prisión.

En las audiencias provinciales se concentra el grueso, con 674 rebajas y 73 excarcelaciones. Los datos incluyen, además de rebajas y excarcelaciones, «las absoluciones comunicadas» como consecuencia «de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022».

Dato global no disponible

El CGPJ aclara que no dispone del dato global de casos ya revisados, en trámite o pendientes de revisar por los órganos judiciales, como reclamaba la ministra de Igualdad, Irene Montero, indicando que «algunos de estos han manifestado la dificultad que la huelga que mantienen los Letrados de la Administración de Justicia supone» en ese sentido.

También destaca que los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los juzgados de lo penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, «ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales».

Los órganos judiciales de Madrid sí han comunicado que hasta la fecha de remisión de datos, el 16 de febrero, habían tramitado el 84 por ciento de las resoluciones susceptibles de revisión de las que tenían constancia, mientras que el TS ha informado de que existen 224 recursos de casación pendientes en los que se ha dado traslado a las partes para que efectúen alegaciones, habiéndose resuelto 26 hasta la fecha de entrega de datos.

Además, el CGPJ advierte de que «contra las resoluciones dictadas por las audiencias provinciales en el trámite de revisión caben los mismos recursos que contra las sentencias de instancia». En aquellos supuestos en los que el Tribunal Superior de Justicia ha revocado, por vía de recurso, alguna sentencia de la audiencia provincial que hubiera acordado una reducción de pena, esta reducción se ha descontado del cómputo global que ofrecen los datos.

Del mismo modo, los datos correspondientes a los TSJ pueden reflejar resoluciones que hayan estimado el recurso presentado contra una resolución de la audiencia provincial en la que se hubiera denegado la reducción de pena.