Llarena estudia retirar el delito de sedición de la euroorden sobre el expresidente Puigdemont

Mercedes Lodeiro REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

El expresidente de la Generalitat , Carles Puigdemont, junto al exconsejero Toni Comín, ambos fugados de la Justicia española.
El expresidente de la Generalitat , Carles Puigdemont, junto al exconsejero Toni Comín, ambos fugados de la Justicia española. EUROPAPRESS

El nuevo Código Penal que entra hoy en vigor no contempla esa calificación penal

12 ene 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, quien instruyó la causa del procés, tendrá que adaptar el auto de procesamiento de los huidos —Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Marta Rovira— al nuevo Código Penal y, en consecuencia, dictar nuevas órdenes de detención contra ellos, salvo a Rovira, contra quien no pesa ninguna. De hecho, la desaparición del delito de sedición podría facilitar el regreso a España desde Suiza de la secretaria general de ERC, ya que es la única que solo está procesada por este delito. Su caso quedaría reducido a desobediencia, penado con multa e inhabilitación, no con cárcel.

En el caso de Puigdemont, Llarena tiene que darle otro encaje a los delitos por los que reclamarlo pues hasta ahora lo hacía por sedición. Desde hoy tendrá que estudiar si tramitar la euroorden por desórdenes públicos agravados y si mantiene la malversación. Según el nuevo artículo 432 bis, la pena llega hasta los tres años de cárcel al haber hecho un uso indebido de fondos públicos sin lucrarse. Por la cuantía desviada para organizar el 1-O, el delito entraría en la modalidad agravada, es decir hasta cuatro años.