El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Senado y mantiene en suspenso la reforma judicial

Luís Pousa Rodríguez
Luís Pousa REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano, y los presidentes del Senado, Ander Gil, y del Congreso, Meritxell Batet, conversando durante los actos del pasado 12 de octubre.
El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano, y los presidentes del Senado, Ander Gil, y del Congreso, Meritxell Batet, conversando durante los actos del pasado 12 de octubre. Eduardo Parra | EUROPAPRESS

El TC también descarta la recusación de la Fiscalía a los magistrados conservadores Trevijano y Narváez

21 dic 2022 . Actualizado a las 22:47 h.

Por segunda vez en solo 48 horas, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) se reunió este miércoles de urgencia. Los once magistrados tenían que estudiar si aceptaban la impugnación del Senado a las medidas cautelarísimas por las que el TC, a petición del PP, suspendió el debate previsto para este jueves en la Cámara Alta sobre dos enmiendas que modificaban las leyes orgánicas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del propio tribunal de garantías. El Senado solicitaba en su escrito que se levantase la suspensión y que este jueves se pudiese debatir la iniciativa legislativa en el pleno de la Cámara Alta.

Pero, tal y como había sucedido el lunes con la votación sobre el recurso de amparo registrado por el Partido Popular, los seis magistrados del bloque conservador se impusieron a los cinco representantes del sector progresista y acordaron rechazar la petición del Senado. Se mantiene así el veto a la reforma exprés con la que, según el Gobierno, se pretendía desbloquear la renovación del TC y, según la oposición, se intentaba someter al Constitucional y al CGPJ al control directo de la Moncloa.

Tras más de tres horas de reunión, el tribunal de garantías dio así respuesta a la impugnación presentada este mismo miércoles por los servicios jurídicos de la Cámara Alta, que solicitaban que se rectificase la resolución adoptada el lunes por el pleno del TC, que congeló la tramitación parlamentaria de dos enmiendas a la proposición de ley que reforma el Código Penal por entender que se habían vulnerado los derechos de los diputados de la oposición.

Dicha proposición de ley —que incluye la derogación del delito de sedición y la rebaja de las penas por malversación— será aprobada este jueves por el pleno del Senado, donde el Gobierno tiene garantizada la mayoría absoluta, pero saldrá adelante sin las dos enmiendas.

Rechazo de las recusaciones de Trevijano y Narváez

Previamente a este acuerdo, el pleno del Tribunal Constitucional rechazó —de nuevo por 6 votos a 5— la recusación del presidente, Antonio González-Trevijano, y del magistrado Antonio Narváez solicitada este miércoles por la Fiscalía y por Unidas Podemos. La formación morada y el Ministerio Público reiteraron los argumentos de que Trevijano y Narváez, ambos con el mandato caducado, estarían participando en decisiones que les afectan directamente, ya que la renovación del TC supondría su salida inmediata del tribunal, por lo que no deberían participar en votaciones sobre estas enmiendas.

Al igual que ya había sucedido el lunes, cuando tampoco se admitieron las recusaciones de Trevijano y Narváez para que se apartasen de la deliberación sobre el recurso de amparo del PP, el pleno del Constitucional votó contra la petición de UP y la Fiscalía y ambos magistrados participaron en el debate y la posterior votación. De haberse aceptado la recusación de Trevijano y Narváez, el bloque conservador se habría quedado en minoría (cuatro votos) frente a los cinco integrantes del sector progresista. Los dos magistrados votaron en contra de la petición de apartarlos del caso.

Las enmiendas de la polémica

La petición de amparo del PP admitida a trámite por el Constitucional recurre en esencia tres cambios en la regulación del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional introducidos como enmiendas en la proposición de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos, que justificaron esta vía parlamentaria por la necesidad de renovar ambas instituciones.

La primera de las enmiendas retoca la Ley del Poder Judicial y elimina la mayoría de tres quintos del pleno del CGPJ para elegir a los dos magistrados del TC que corresponde designar al consejo. Con la reforma, bastará una mayoría simple, lo que evitará la actual obligación de alcanzar un consenso entre los bloques conservador y progresista para pactar esos dos nombres.

La segunda enmienda afecta a la Ley del Tribunal Constitucional y modifica la forma en que el CGPJ y el Gobierno designan a los dos magistrados que les corresponden en el TC. Con el cambio legislativo, si el consejo se retrasase a la hora de escoger a sus aspirantes —como sucede actualmente—, el Ejecutivo podría nombrar a sus dos candidatos sin aguardar al CGPJ. En este apartado también se liquida la evaluación de la idoneidad de los candidatos del Gobierno y del consejo por parte del Constitucional, lo que desde la oposición se interpreta como una maniobra de la Moncloa para despejar el camino al tribunal de garantías a los dos aspirantes propuestos por el Ejecutivo: el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y Laura Díez, ex directora general del Ministerio de Presidencia.

El recurso de súplica del Senado

El escrito remitido al Constitucional por los servicios jurídicos de la Cámara Alta y rechazado por el pleno del TC subrayaba que el recurso de amparo del PP hacía referencia a la vulneración de los derechos de participación de los diputados durante el procedimiento seguido en el Congreso y que, por tanto, no tiene sentido aplicar medidas cautelarísimas en el Senado.

En su texto, se apuntaba que «la suspensión decretada por el Tribunal Constitucional —una decisión inédita y de la máxima trascendencia— afecta directamente a un órgano, el Senado, que no ha adoptado los acuerdos objeto del recurso de amparo». «El tribunal —continuaba la alegación de los letrados del Senado— debería haber adoptado su decisión en el tiempo en que la proposición de ley orgánica se hallaba en tramitación en el Congreso de los Diputados, antes de la votación en el pleno de dicha Cámara, en la tarde del día 15 de diciembre de 2022».

Para la representación jurídica de la Cámara Alta, «la suspensión ocasiona una perturbación de la máxima gravedad a un interés constitucionalmente protegido, como es el consistente en que el Poder Legislativo del Estado español, encarnado en las Cortes Generales (Congreso y Senado), que representan al pueblo español, pueda ejercer con plenitud las funciones que tiene constitucionalmente atribuidas, sin interferencias indebidas».

La impugnación de la Cámara Alta también alertaba de que, dado este precedente, «se pueda utilizar el recurso de amparo como medio para perturbar el ejercicio de la función legislativa de las Cortes Generales».

El Congreso apoya al Senado

El Congreso se adhirió este miércoles al recurso de súplica de la Cámara Alta y advirtió al TC de que la paralización del procedimiento legislativo supone «la mayor de las perturbaciones posibles». «Las Cortes Generales son inviolables», recalcó la Cámara Baja en el escrito dirigido al Constitucional.