El Tribunal de Justicia de Cataluña absuelve a Torrent y a la Mesa del Parlamento del delito de desobediencia

La Voz AGENCIAS

ESPAÑA

Roger Torrent en una reunión de la Mesa del Parlamento catalán antes de la celebración del pleno para tratar la inhabilitación de Quim Torra
Roger Torrent en una reunión de la Mesa del Parlamento catalán antes de la celebración del pleno para tratar la inhabilitación de Quim Torra Quique Garcia

La Fiscalía pedía 20 meses de inhabilitación por tramitar resoluciones de reprobación a la monarquía y sobre la autodeterminación de Cataluña

23 nov 2022 . Actualizado a las 11:27 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto al expresidente del Parlamento y actual consejero de Empresa Roger Torrent y a la Mesa del Parlamento catalán, tras su juicio por desobediencia al Tribunal Constitucional por tramitar resoluciones de reprobación de la monarquía y sobre la autodeterminación.

Junto a Torrent, el TSJC ha absuelto, por mayoría, a los miembros de JxCAT y ERC en la Mesa de la pasada legislatura, Adriana Delgado, Eusebi Campdepadrós y Josep Costa, para quienes la Fiscalía pidió penas de hasta 20 meses de inhabilitación por un delito de desobediencia grave al Tribunal Constitucional. 

Según la sentencia, «se puede entender» que lo que realmente estaba prohibido por el Tribunal Constitucional era continuar el proceso político de independencia iniciado en la resolución del 9 de noviembre del 2015 del Parlamento y querer materializar o ejercer la autodeterminación, es decir, la secesión. Y en este caso, interpretan los jueces, «sencillamente solo se quería hablar de la autodeterminación como mera proclama política, de futuro, pero sin intención de materializarla». «Todo eso teniendo en cuenta las numerosas resoluciones del Tribunal Constitucional anterior al inicio del procés, que permitían hablar del derecho de decidir en abstracto», afirma la sentencia

El voto particular, en cambio, considera que fueron «responsables criminalmente de un delito de desobediencia». Entiende que fueron «advertidos de su obligación de abstenerse de realizar cualquier actuación tendente a dar cumplimiento a los incisos impugnados, así como de su deber de paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente supusiera ignorar las sentencias del Constitucional». «La conducta de los acusados, en su condición de miembros de la Mesa, y por tanto funcionarios públicos puede cualificarse, sin género de dudas, de manifiestamente contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente», afirma la magistrada Marta Pesqueira, firmante del voto particular.

Segunda victoria

Se trata de la segunda victoria en los tribunales del independentismo en solo una semana. La semana pasada, la sala penal del Tribunal Supremo anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a cuatro exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán por un delito de desobediencia por la tramitación de las leyes de la desconexión, en septiembre del 2017.

Los cuatro dirigentes independentistas, Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluís Guinó y Lluís Corominas fueron condenados a penas de inhabilitación de un año y 8 meses y una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia. Estos cuatro dirigentes nacionalistas (entonces de ERC y CDC) formaban parte de la Mesa que presidía Carme Forcadell, que fue condenada a once años de cárcel por un delito de sedición. Más tarde fue indultada por el Gobierno. Todos ellos permitieron la tramitación de las leyes del referendo y de transitoriedad jurídica, previas a la celebración del referendo ilegal del 1-O de 2017 y a la declaración unilateral de independencia del 27-O.

El Supremo ordenó repetir el juicio en el TSJC, pues considera vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados, debido a que dos de los jueces que integraron el tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio.