El asesino de Marta Calvo y otras dos mujeres esquiva la prisión permanente y es condenado a 159 años de cárcel

La Voz REDACCIÓN/AGENCIAS

ESPAÑA

Jorge Ignacio Palma, asesino de Marta Calvo.
Jorge Ignacio Palma, asesino de Marta Calvo. Biel Aliño | EFE

La madre de la citada víctima recurrirá la sentencia y alega que «es otro batacazo psicológico» para ella

07 mar 2023 . Actualizado a las 10:53 h.

La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente porque, explica en la sentencia, debía haber sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida, lo que no sucede en este caso.

Palma fue declarado culpable por un jurado popular de la muerte tres mujeres que ejercían la prostitución, entre ellas, Marta Calvo. La joven desapareció en Manuel (Valencia) en noviembre del 2019, tras mantener una cita con el propio Palma, al que conoció por internet. El ahora acusado se entregó 21 días después declarándose culpable de descuartizar el cuerpo de Marta, que todavía no ha sido encontrado. Sin embargo, durante el juicio negó ser el responsable de su muerte, que asegura fue accidental.

Ahora, según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: 'al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas' (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso», razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado «no opera en este caso en que (…) es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas». Del mismo modo tampoco procede la aplicación de la prisión permanente según lo dispuesto en el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es «subsiguiente» al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados «la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente' al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a este», precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres el agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas. La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

La madre de Marta Calvo recurrirá

Marisol Burón, madre de Marta Calvo, ha anunciado este jueves que recurrirá la sentencia de la Audiencia de Valencia conocida este jueves por la que se condena a casi 160 años de prisión a Jorge Ignacio Palma, asesino de su hija y de otras dos mujeres, por considerarla insatisfactoria: «es otro batacazo psicológico», asegura. 

Burón ha lamentado que la jueza no haya dictado una condena de prisión permanente revisable para el procesado, «por lo menos en uno de los tres casos de asesinato», y ha insistido en que, una vez leída la sentencia en detalle, sus abogados prepararán un recurso. La madre de la joven de Estivella (Valencia) ha incidido en que se condena con idénticas penas los asesinatos de tres mujeres, cuando el cuerpo de su hija todavía no ha aparecido y el procesado asegurase que lo había descuartizado. «No hay derecho a esto, no es lo que quiero para mi hija.

Con una condena de 160 años estará unos 40 años de prisión, pero no es lo que yo quería. Se trata de unos hechos muy graves, y sigue ocultando el cuerpo de mi hija», ha lamentado. «No sé esta jueza en qué piensa. Si se pusiera un poco en mi piel... te matan a tu hija y también se me niega la satisfacción de tener lo que pido. La sentencia ha sido un golpe muy fuerte, otro batacazo psicológico», ha añadido.