El Supremo avala el indulto parcial a Juana Rivas y pone fin al caso en España

Redacción / Agencias GRANADA

ESPAÑA

El recurso para revocar el indulto parcial de Juana Rivas ha sido desestimado por unanimidad
El recurso para revocar el indulto parcial de Juana Rivas ha sido desestimado por unanimidad Jorge Guerrero | AFP

El caso continuará en Italia, donde hay un proceso abierto por la custodia de los menores con una vista fijada para el 30 de septiembre

12 jul 2022 . Actualizado a las 17:05 h.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del italiano Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, contra el indulto parcial concedido por el Gobierno a esta vecina de Maracena, Granada, condenada a dos años y medio de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores.

Rivas había ingresado voluntariamente en el Centro de Inserción Social Matilde Cantos de Granada, en junio de 2021, para cumplir su condena, aunque posteriormente también le fue concedido el tercer grado.

El abogado de Rivas, Carlos Aránguez, se ha mostrado «muy satisfecho» con la decisión del Supremo de avalar el indulto parcial de su defendida, que está «tranquila», porque supone cerrar «definitivamente» el «caso Juana Rivas» en España, aunque «la lucha continuará en Italia», donde aún hay un proceso abierto por la custodia de los menores con una vista fijada para el 30 de septiembre y en el que se han presentado diversas denuncias contra Arcuri por presunto maltrato a los niños.

Otro frente judicial es en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que según Aránguez ya ha admitido a trámite su demanda contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, por su presunta parcialidad y «maltrato institucional» hacia Juana, que «manifestaba haber sido víctima de violencia de género, lo que obligaba al juez a trasladar la denuncia al órgano (judicial) homólogo (en este caso en Italia)».

El pronunciamiento ahora del Supremo, dice, les da «mucha contundencia» para seguir adelante con la demanda contra el juez.

El indulto parcial conmutaba a Rivas la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y tres meses de prisión y también cambiaba la pena de inhabilitación especial para la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

De manera subsidiaria, la expareja de Rivas también pedía en el recurso que se revocara o anulara lo expresamente expuesto respecto de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos.

Entre otros argumentos, en el recurso señalaba la que considera «evidente singularidad y excepcionalidad» en la concesión del indulto, con referencias a la «sorprendente urgencia» en su tramitación, la «grave vulneración» de actos reglados obligatorios dispuestos en la ley o la no incorporación del necesario informe del centro penitenciario, ni los cambios producidos en el expediente de la penada.

Por su parte, el abogado en España de Arcuri, el letrado Enrique Zambrano, ha mostrado en declaraciones a Europa Press su respeto a las decisiones judiciales, mostrándose consciente de la «dificultad» que existía para que el recurso saliera adelante, y dando por acabado el caso.

Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando esta madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.

Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

Juana Rivas fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, aunque la Sala de lo Penal del Supremo estimó parcialmente el recurso de Rivas y le rebajó la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos, como sí sostenía, la Audiencia de Granada.