La Justicia permite recuperar a Martín Villa la medalla de oro de Barcelona que le retiró Colau

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

El exministro del Interior Rodolfo Martín Villa
El exministro del Interior Rodolfo Martín Villa Cézaro De Luca | Europa Press

La decisión se acordó en un pleno en el 2017 en el que el PSC, el partido Demòcrata, ERC y la CUP apoyaron la iniciativa de la alcaldesa

28 ene 2022 . Actualizado a las 12:03 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha revocado y dejado sin efecto la decisión del pleno del Ayuntamiento de Barcelona de retirar en el 2017 la Medalla de Oro al exministro de Gobernación y antiguo Gobernador Civil de Barcelona, Rodolfo Martín Villa, por sus vínculos con el franquismo.

En una sentencia, que se puede recurrir, la Sección quinta de la sala contenciosa del alto tribunal catalán da la razón a Martín Villa y deja sin efecto la decisión del pleno de retirarle la Medalla de Oro, que el ayuntamiento le había concedido inicialmente en 1976, al concluir que, con el reglamento municipal en mano, únicamente sería posible quitarle la distinción si hubiese hechos coetáneos no conocidos en el momento en que se la entregaron.

El pleno del Ayuntamiento de Barcelona acordó el 31 de marzo de 2017 -con el apoyo del partido de la alcaldesa Ada Colau (BComú), PSC, el partido Demòcrata, ERC, CUP y el concejal independiente Gerard Ardanuy (DC), la abstención de CS y el rechazo del PP-, retirar la Medalla de Oro de la ciudad a Martín Villa, que le había sido concedida el 30 de marzo de 1976.

Martín Villa recurrió a la Justicia contra esta decisión del consistorio barcelonés, que por su parte defendió en los tribunales la necesidad de retirarle la distinción porque su responsabilidad política con los actos de la dictadura franquista fue «indudable», ya que «representó y defendió a un régimen dictatorial hasta el final».

Sostiene el TSJC que el pleno municipal de Barcelona se «excedió» de la previsión de su propia disposición general para adoptar este tipo de medidas, ya que tanto el reglamento como el «insuficiente amparo» de la ley de Memoria Histórica «no avalan que se pueda retirar la Medalla por medio de la realización de un nuevo juicio de valor de las mismas circunstancias de hecho que motivaron la concesión».

Según la sala, en el caso de Martín Villa «no existen hechos nuevos desconocidos en 1976 o posteriores que cumplan con el requisito del artículo 6.1 del Reglamento», que es «insuficiente» para dar cobertura a la retirada de su distinción.

«Es posible la retirada por actos coetáneos al momento de la concesión, interpretación que podría defenderse pese a la deficiente redacción del artículo 6, pero lo que no puede aceptarse es que se efectúe un nuevo juicio de valor precisamente sobre situaciones que se tuvieron en cuenta en el momento de la concesión, sin cobertura con rango de ley emanada del Parlamento, sede de la soberanía», agrega la sala.

De hecho, el TSJC argumenta que el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica habilitó a las administraciones para que retiraran determinados símbolos y monumentos públicos de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura.

«Lo cual se ha venido realizando generalmente en base a documentos históricos o a informes de comisiones de expertos, y ello en la medida que dichas conductas no pudieron ser enjuiciadas por los tribunales penales en su momento, por la coyuntura histórica, ni tampoco posteriormente en el régimen democrático por haberse producido la extinción de la posible responsabilidad penal por prescripción o fallecimiento», subraya.

Sin embargo, este no es el caso de Martín Villa, apunta el TSJC, ya que ejerció sus funciones en el período inmediatamente anterior a la transición al régimen democrático, «de forma que su conducta ha podido ser enjuiciada por los tribunales de justicia, sin que sea admisible que una administración determine la existencia de conductas que trascienden de la responsabilidad política y que entrarían en la esfera de lo penal, sin que exista ningún pronunciamiento de los tribunales de justicia».

El TSJC señala que la motivación del ayuntamiento de retirarle la Medalla de Oro a Martín Villa se fundamenta «en el hecho no controvertido» de que «formó parte de las estructuras de decisión política y dirección del régimen franquista».