La jueza propone juzgar a Íñigo Errejón por un delito leve por la supuesta patada a un hombre

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

EDUARDO PEREZ

Al tratarse de un delito leve no interfiere la condición de aforado del líder de Más País. Desde el entorno de Errejón explican que la decisión judicial es la constatación de que «no hay nada» y que el diputado no está investigado, sino que es un mero denunciado

29 abr 2022 . Actualizado a las 11:55 h.

La titular del Juzgado de Instrucción número 16 de Madrid propone juzgar al líder de Más País, Íñigo Errejón, por un delito leve por la patada que presuntamente propinó a un hombre el pasado mes de mayo, por el que se sentará en el banquillo en los juzgados de Plaza de Castilla.

En el auto, difundido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la magistrada Margarita Valcarce finaliza la investigación y transforma las diligencias previas en procedimiento por el delito leve de maltrato. Contra esta resolución cabe recurso y por el momento no hay fecha para el juicio.

Al tratarse de un delito leve no interfiere la condición de aforado de Errejón y el juicio se celebrará en los propios juzgados de Plaza de Castilla, según precisa el auto, en el que la jueza detalla jurisprudencia del Tribunal Supremo en este sentido, informa Efe.

Desde el entorno del diputado explican que la decisión de la jueza es la constatación de que «no hay nada», porque el diputado será juzgado por un delito leve -lo que se conocía antes como una «falta», subrayan- porque no se ha acreditado que haya ninguna lesión derivada de ninguna agresión. Además, subrayan que el diputado no está investigado, sino que es un mero denunciado por unos hechos que ellos siguen negando.

De hecho, subrayan que la jueza ha rebajado ha rebajado el tipo de acusación debido a que los dos informes forenses que se le realizaron a la supuesta víctima indicaban que no había signos de agresión. La propia jueza destaca en su auto que «la persona sometida a procedimiento de delitos leves tampoco recibe la denominación de procesado, imputado, inculpado, ni siquiera la de investigado, sino denunciado».

El responsable de Más País fue denunciado en la Policía por un hombre que aseguró que el pasado 2 de mayo él se acercó a Errejón en una calle del madrileño barrio de Lavapiés para pedirle una foto pero este se negó y, al insistirle, el político le pegó una patada en el estómago. Errejón negó esta agresión, explicando que se negó a hacerse una foto en una situación «incómoda» y se marchó.

La magistrada abrió diligencias a raíz del atestado policial y tomó declaración al denunciante el pasado 24 de junio, día en el que la presunta víctima ratificó que fue agredido por el político sin que él le insultara ni provocara. Un testigo corroboró esa versión de los hechos ante la jueza, que ordenó a la Policía que mejore las imágenes recabadas de las cámaras de la calle.

En el auto la magistrada explica que los hechos pueden revestir el carácter de delito leve de maltrato «sin que se haya acreditado la existencia de un delito de lesiones a la vista del informe médico forense», en el que «no se considera acreditada la existencia de lesiones traumáticas agudas derivadas de la agresión física 'patada con impacto con planta del pie en región baja abdominal'».

Tras argumentar que el caso tiene que ser juzgado en los juzgados de instrucción, la magistrada se refiere a la recusación planteada por la defensa del Íñigo Errejón, al entender que esta jueza ha llevado a cabo la instrucción y no procede que sea la juzgadora, y da traslado a las otras partes para que se pronuncien.

El letrado del denunciante no ha recurrido el auto al constatar que el informe médico forense no considera que la patada que recibió la víctima agravase su estado de salud, aunque se muestra convencido de que el político «será condenado» por una «agresión» y contará entonces con antecedentes penales.