En la resolución, el juez señala que tras examinar todos los informes sobre Juana Rivas «nada se opone por ahora a la clasificación inicial en tercer grado de tratamiento». Así, la junta de tratamiento señaló como factores de adaptación que era su primer delito, que fue ocasional y que ha solicitado el indulto, que el ingreso en prisión fue voluntario y que Rivas presenta buena conducta penitenciaria y cuenta con apoyo familiar.
«Hemos de convenir con el ministerio público en que existe una inusual premura en la clasificación, que ciertamente no es contraria a la ley y sería deseable se pudiese producir en todos los supuestos», expone el auto, que destaca algunas lagunas como la gravedad de los hechos, un delito de sustracción de menores.Tampoco aparece en el informe que se trató de un delito que precisa de un alto grado de planificación y que fue cometido contra los derechos de la infancia y pluralidad de víctimas. «Observamos del informe psicológico aportado que la asunción de la responsabilidad no excluye una falta de asunción del delito, se arrepiente del modo empleado dice el informe, lo que denota al menos una asunción muy deficitaria», resume el dictamen judicial.