Un informe que limita el indulto
Aunque el informe del Tribunal Supremo no es vinculante para el Gobierno, sí limita el alcance del indulto, que ya no podrá ser total. El artículo 11 de la ley que regula la medida de gracia indica que «el indulto total se otorgará a los penados tan solo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del tribunal sentenciador». Dado que el Supremo se opone al perdón al no apreciar esos requisitos, el Gobierno no puede conceder el indulto total por todos los delitos y solo podrá reducir las penas o conmutarlas por otras. La ley señala que en estos casos debe darse preferencia a «la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave», aunque no establece límites para la reducción, por lo que podría quedar en algo simbólico.