El Gobierno afronta una carrera de obstáculos para liberar a los presos del «procés» antes del 14F

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

 El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, , conversa con el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, el pasado día 6
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, , conversa con el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, el pasado día 6 Ballesteros | EFE

La reforma del Código Penal no basta y el Supremo y la Fiscalía no son favorables al indulto, que no extinguiría automáticamente la inhabilitación

13 dic 2020 . Actualizado a las 14:31 h.

Entre las presiones de sus socios de Gobierno de Unidas Podemos para que la decisión se tome de inmediato, y las de la oposición para que no se haga en ningún caso, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha puesto ya en marcha el proceso para que los presos independentistas del procés salgan de la cárcel. Un objetivo al que la premura de las elecciones catalanas del 14 de febrero y las trabas judiciales convierten en una carrera de obstáculos. 

¿Qué vía legal ha asumido ya el Gobierno?

El Gobierno ha anunciado ya que impulsará una reforma del Código Penal que modificará a la baja el delito de sedición. Algo que afectaría con carácter retroactivo a los condenados. Si se elimina este tipo penal para quienes no usen armas, como plantea Unidas Podemos, los condenados por este delito quedarían libres sin cargos. Si la pena se reduce a un máximo de cinco años, como plantea Justicia, accederían a la libertad condicional al cumplir dos tercios de la condena. El ministro se comprometió a presentar esta reforma, impulsada por los grupos parlamentarios del Gobierno y no como proyecto de ley, para evitar así el informe del Consejo General del Poder Judicial y de la Fiscalía, antes de fin de año. Pero ahora no se compromete a ningún plazo. 

¿Bastaría la reforma del Código Penal para que todos salgan a la calle?

No. Tanto Oriol Junqueras como otros tres condenados por el procés fueron sentenciados, además de por sedición, por malversación de fondos públicos. Ese delito de corrupción no se reformará en ningún caso en el Código Penal, por lo que Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa seguirían en prisión incluso con el cambio en el Código Penal. En su caso, para salir pronto de la cárcel necesitarían ineludiblemente la vía del indulto, que resulta mucho más complicada para el Gobierno. 

¿Puede el Gobierno conceder un indulto antes del 14 de febrero?

Sería muy complicado. El Ejecutivo anunció a finales de septiembre que iniciaba el obligado estudio de la medida de gracia. El trámite habitual para la concesión de un indulto es de aproximadamente seis meses. Y la pandemia ha provocado además un atasco en este tipo de resoluciones. 

¿Han solicitado el indulto los condenados?

No. Lo solicitaron un abogado a título particular y varias asociaciones. Además, ni se han arrepentido ni han pedido perdón, lo que no es imprescindible, pero es tomado en cuenta por el tribunal sentenciador, ya que el indulto se vincula siempre a la reinserción.

¿Puede concederse el indulto en contra del criterio del Supremo?

Sí. El informe de la Fiscalía y del tribunal sentenciador, en esta caso el Supremo, es preceptivo, pero no vinculante. Con el precedente de la taxativa negativa de ambos a que los condenados disfruten del tercer grado, es previsible que se opongan al indulto. El Gobierno tendría que adoptar la medida de gracia en contra de estos informes. De momento, el tribunal ha pedido a la Fiscalía que se pronuncie sobre el indulto, pero ni uno ni otro tienen intención de acelerar los plazos para emitir su dictamen, para el que la ley no fija ningún plazo.

¿La reforma del Código Penal cierra la vía del indulto a los presos?

No. De hecho, la combinación de ambas medidas se presenta como la más factible. Primero, habría una rebaja o extinción del delito de sedición. Y después, un indulto parcial por el delito de malversación, que sería la condena que les restaría por cumplir a los cuatro condenados por este tipo penal. 

¿Podrían participar los condenados en las elecciones del 14F?

Resulta casi imposible por los plazos. Pero, además, el indulto, tanto si es por el delito de sedición como por el de malversación, no extingue de manera automática las penas de inhabilitación para desempeñar cargos públicos y ejercer derechos políticos que llevan aparejadas las condenas a los líderes del procés. Así se afirma en el artículo 6 de la ley del indulto. El Gobierno tendría por tanto que hacer en la concesión de la medida una mención expresa a que se les perdona también la prohibición de ejercer cargos públicos, lo cual es inusual y sería muy comprometido. 

¿Cuántos indultos ha concedido el Gobierno de Pedro Sánchez?

El número de indultos concedidos disminuyó desde los 534 aprobados en el 2012 a los 17 en el 2018. En el 2019, sin embargo, se rompió la tendencia a la baja, elevándose desde esos 17 a los 40 aprobados. En su primer año y medio en el poder, el Ejecutivo de Sánchez concedió 47 indultos. De ellos, solo un 20 % no tenían un informe favorable de la Fiscalía o el tribunal sentenciador.