La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé «secuestrar publicaciones» de forma cautelar

Mateo Balín COLPISA | MADRID

ESPAÑA

Europa Press

El juez de garantías podrá recurrir a esta medida si la investigación se ve directamente afectada por determinadas publicaciones en medios de comunicación

19 nov 2020 . Actualizado a las 21:17 h.

El anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal del Gobierno de coalición incluye, en su artículo 296, una importante novedad que afecta al derecho a la información. Se trata de la introducción de una medida cautelar que uno de los actores jurídicos principales, en este caso el juez de garantías, podrá adoptar si la investigación se ve directamente afectada por determinadas publicaciones en los medios de comunicación.

Esta medida provisional permitirá, de este modo, la posibilidad de «secuestrar publicaciones, prohibir su difusión, la interrupción de la prestación de servicios, la retirada de datos o de contenidos, la eliminación de páginas web o el bloqueo de acceso a las mismas» cuando existan indicios racionales de que el delito investigado se ha cometido a través de medios sonoros o fotográficos, o con difusión por escrito, radio, televisión, cinematográfico, electrónico o informático.

Control de la información

Este precepto se adoptará cuando «resulten indispensables» para evitar la continuación delictiva o para reintegrar a la víctima del delito en el pleno disfrute de sus derechos. De igual modo, si la medida cautelar afecta a una información publicada por prestadores en el extranjero se acudirá a la cooperación jurídica internacional para paliar sus efectos.

Esta regulación recoge los aspectos esenciales de la normativa incluida en el fallido anteproyecto procesal penal del Partido Popular, en el 2013, que ya generó una importante polémica, sobre todo en lo referido a la protección de las investigaciones bajo secreto.

En este anteproyecto, en cambio, se dan varios pasos más y se otorga al fiscal instructor -la figura estrella de la reforma legislativa- el monopolio del control de la información sobre el devenir de las causas judiciales, siempre que sea relevante y «en lo esencial».