Por ello, insiste en que las funciones de la Diputación Permanente están «limitadas, tanto desde el punto de vista temporal como en el alcance material de sus actuaciones», de manera que, en ningún caso la Diputación Permanente, y en este caso concreto, como se solicita, su Mesa, «puede adoptar un acuerdo que condicione las actuaciones que corresponden a la siguiente legislatura».
La Mesa añade que la pretensión del parlamentario Carmelo Barrio de que la Mesa de la Diputación Permanente «discipline» la adquisición de la condición de parlamentario es «totalmente inadecuada» por la «manifiesta incompetencia de la Mesa de la Diputación Permanente para tal objeto».