JxCat demanda a España por las resoluciones del Constitucional sobre la autodeterminación

La Voz REDACCIÓN / AGENCIAS

ESPAÑA

El vicepresidente primero del Parlament, Josep Costa, y el primer secretario del Parlament, Eusebi Campdepadrós (JxCAT)
El vicepresidente primero del Parlament, Josep Costa, y el primer secretario del Parlament, Eusebi Campdepadrós (JxCAT) Europa Press

El partido catalán considera que estas decisiones «vulneran derechos políticos»

31 jul 2020 . Actualizado a las 14:45 h.

JxCat ha presentado una demanda contra España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por las actuaciones del Tribunal Constitucional (TC) contra miembros de la Mesa del Parlament por admitir resoluciones sobre la monarquía y la autodeterminación y que estas se voten y se debatan en sede parlamentaria.

Así lo han anunciado en rueda de prensa telemática este viernes el vicepresidente del Parlament, Josep Costa, y el secretario primero de la cámara catalana, Eusebi Campdepadrós, ambos de JxCat y que son las dos personas que presentaron la demanda el pasado 10 de julio.

Según informa Efe, Costa ha afirmado que las decisiones del TC «coartan y censuran el debate del Parlament de Cataluña» y suponen «una vulneración de derechos políticos» que, según ha dicho, va «en contra de la jurisprudencia» del TEDH.

El pasado mes de enero, el Constitucional acordó pedir a la Fiscalía que informase de si el presidente del Parlament, Roger Torrent, incurrió en un delito de desobediencia al tramitar propuestas de resolución que reiteraban el derecho a la autodeterminación de Cataluña y la reprobación de la monarquía. Entre estas resoluciones se encuentran la que aprobó el Parlament en respuesta a la sentencia del «procés», en la que se reiteraba el derecho a la autodeterminación y se reprobaba a la monarquía.

«Estos requerimientos no tienen base legal, vulneran la autonomía del Parlament, vulneran la inviolabilidad el Parlament y, por tanto, nuestros derechos como diputados y los de todos los diputados de la cámara son vulnerados de manera flagrante con todas estas prohibiciones, requerimientos y amenazas de querella», ha añadido Costa, que ha aseverado que, en tanto que miembros de la Mesa del Parlament, no están dispuestos «a ejercer de censores».

Por su parte, Campdepadrós ha señalado que la pretensión del TC es la de «coartar el libre debate» del Parlament y que la Mesa haga de «órgano censor». «Y esto no se produce automáticamente, sino que es a instancias del Gobierno más progresista de la historia», ha señalado el secretario primero.

Costa ha precisado que Torrent «está informado» de esta demanda y que todos los diputados del grupo parlamentario de JxCat la firmarán. «Nos parecería muy bien que el resto de miembros de la mesa o del grupo de ERC o de otros grupos se puedan sumar o presentar sus demandas», ha añadido.

El Constitucional estudiará si la retirada del escaño a Torra vulneró sus derechos

Por otra parte, el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso del presidente catalán, Quim Torra, contra los autos del Tribunal Supremo que respaldaron la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de retirarle el escaño tras su condena por desobediencia, sentencia que recurrió y, por lo tanto, no es firme.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó el pasado diciembre a Torra a una pena de un año y medio de inhabilitación para el ejercicio de cargos electos, tras lo cual la JEC ordenó al presidente del Parlament, Roger Torrent, la retirada del acta de diputado al presidente de la Generalitat.

Torra recurrió al Supremo, donde está pendiente el estudio de la condena dictada por el TSJC, pero el alto tribunal avaló la decisión de la JEC en contra no sólo de la defensa del presidente catalán, sino también de la Fiscalía.

Una vez presentado el recurso de amparo por parte de Torra contra esta resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, el Constitucional considera que en este caso concurre una especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales, de modo que ha admitido el recurso para estudiarlo.

Así, según informa Europa Press, el tribunal de garantías ha pedido al Supremo que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones de los autos anteriormente citados, debiendo emplazarse a quienes hubieren sido parte en el procedimiento, excepto a la parte recurrente en amparo, para que puedan comparecer en el proceso.

Respecto a la suspensión formulada en el recurso de amparo, los magistrados no aprecian la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y para resolver sobre la misma han acordado formar una pieza separada y conceder un plazo de tres días a la Fiscalía y a Torra para que formulen las alegaciones respecto a dicha petición.