Los letrados del Parlament aclaran que Torra puede ser presidente sin ser diputado

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

Jordi Bedmar | EFE

Este miércoles, el pleno de la Cámara catalana votará si presenta recurso contencioso administrativo contra la retirada del acta de diputado a Quim Torra

04 feb 2020 . Actualizado a las 19:43 h.

Los letrados del Parlamento catalán han aclarado hoy que, según su criterio, Quim Torra puede mantenerse en la presidencia de la Generalitat aunque haya perdido la condición de diputado de la cámara catalana.

Así lo ha expuesto Antoni Bayona, uno de los letrados de los servicios jurídicos del Parlament, en una nota aclaratoria, después de que haya trascendido el recurso que se presentó ante el Tribunal Supremo el pasado 16 de enero, que alertaba del riesgo de que Torra perdiese la presidencia de la Generalitat si se le despojaba del acta de diputado, por orden de la Junta Electoral Central (JEC), informa Efe.

El recurso -al que el Supremo respondió el 23 de enero que tenía que ser enviado por el pleno de la cámara y no por la Mesa- advertía de que la efectividad de la orden de la JEC «afectaría de pleno al acto de investidura del presidente de la Generalitat mediante el cual el Parlament dio su confianza política al diputado cuya credencial se deja ahora vacante por la Junta Electoral Central».

La condición de diputado, subrayaba el recurso, es «requisito necesario para ser presidente de la Generalitat y, a pesar de que la norma no lo diga expresamente, es posible interpretarla en el sentido de que esta condición no solo actúa en el momento de la elección, sino que ha de mantenerse mientras se desarrolle el cargo».

En su nota aclaratoria -emitida tras una reunión de los servicios jurídicos celebrada esta tarde en el Parlament-, Bayona señala que el recurso quería exponer la «existencia de este problema», como «estrategia jurídica» para conseguir la suspensión de la orden de la JEC y permitir que Torra pueda mantener el acta de diputado.

Pero pese a plantear esta «duda interpretativa» como estrategia ante el Supremo, Bayona asegura que «se mantiene el criterio expuesto» en un informe previo emitido por los letrados el 13 de enero, «en el sentido de que el presidente de la Generalitat puede mantener esta condición aunque pierda la de diputado».

En dicho informe -firmado por el letrado mayor, Joan Ridao, y por el propio Bayona- se remarcaba que «la condición de diputado no es necesaria para mantener la de presidente de la Generalitat».

Y argumentaba que ni el Estatut ni la Constitución establecen que «la condición de diputado se tenga que mantener necesariamente una vez llevada a cabo la investidura o durante todo el ejercicio del cargo de president».

Este miércoles, el pleno del Parlament votará si presenta recurso contencioso administrativo contra la retirada del acta de diputado a Torra, y fuentes parlamentarias han explicado a Efe que, esta vez, a diferencia del presentado el 16 de enero, no se pedirán las medidas cautelares de suspensión de la orden de la JEC, para las cuales se había seguido la estrategia de vincular los cargos de president y diputado.

Por su parte, Torra ha recurrido ante el Supremo su condena de inhabilitación por desobediencia y solicita que deje en suspenso los efectos de su condena, entre ellos la pérdida de su condición de diputado que acordó la JEC, aunque puntualiza que no mantener el escaño no le impide seguir al frente del Govern.