Diecisiete años para el militar que estranguló a una mujer en Fuerteventura

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

Estranguló con el cable de la ducha a su víctima, una joven de origen argentino, con la que mantenía relaciones sexuales a cambio de dinero

07 may 2019 . Actualizado a las 15:37 h.

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 17 años y tres meses de cárcel por delitos de asesinato y hurto al militar que el 23 de octubre del 2016 mató en Fuerteventura a una mujer con la que mantenía relaciones sexuales a cambio de dinero y se quedó con algunas de sus pertenencias, informa Efe. El Jurado que juzgó el caso declaró probado en su veredicto que el 23 de octubre del 2016 el procesado, Félix D.C., estranguló con el cable de la ducha a su víctima, una joven de origen argentino.

Tras acabar con su vida, el acusado cortó los cables del router de Internet y de la línea telefónica de la vivienda de la joven (donde ocurrieron los hechos) y, después de revisar las diferentes dependencias, se marchó llevándose consigo las sábanas, el móvil y la tableta electrónica de la fallecida.

Durante el juicio, Félix D.C. reconoció que había matado a la joven, pero alegó que todo había sido fruto de un accidente, durante un supuesto juego sexual entre ambos, versión que tribunal no creyó.

El magistrado que dicta la sentencia, Pedro Herrera, reconoce que la decisión que tuvo que tomar el jurado sobre cómo ocurrieron realmente los hechos «no es fácil», porque «no se cuenta con prueba directa», sino únicamente con indicios.

Pero también subraya que los indicios valorados por los jurados sirven para descartar la versión del procesado, por «inverosímil», y para «determinar de manera concluyente la causa violenta de la muerte». Entre ellos, cita el informe de la autopsia y, sobre todo, los detalles sobre cómo estaba el cadáver, las prendas que aún llevaba puestas, las cortinas de la bañera o los enseres del baño.

«Lo expuesto respecto a tal zona choca con la posibilidad de un desfallecimiento fruto de un arriesgado juego erótico y posterior caída en el interior de la bañera. Y, además, extraña mucho que, de haber sido de tal forma, el acusado se ocupase a continuación de reparar el previsible e importante desorden acaecido en el baño», razona la sentencia de la Audiencia de Las Palmas.

Para el tribunal, la muerte de la joven argentina «no fue accidental, ni fruto de un exceso no querido pero no evitado». «Es consecuencia de un actuar doloso, querido y dirigido a causarla, aprovechando que la víctima elegida se encuentra desvalida y, por ende, sin posibilidad de desarrollar una mínima defensa», añade el magistrado ponente.