El Gobierno estudia cambios legales para reforzar la libertad vigilada de delincuentes sexuales

M. B. / M. A. MADRID / COLPISA

ESPAÑA

20 dic 2018 . Actualizado a las 08:03 h.

E l nombre de Laura Luelmo se ha colado ya para siempre en la memoria colectiva, como en su día el de Diana Quer. De ahí que la sesión de control en el Congreso comenzara el pasado lunes guardando un minuto de silencio por su asesinato a manos del autor confeso, Bernardo Montoya. Y de ahí también que no tardara en abordarse un asunto que vuelve al foco de la actualidad cada vez que una muerte así golpea a la sociedad: la prisión permanente revisable (PPR). 

Fue Pablo Casado quien alzó la voz, aprovechando su pregunta al presidente, Pedro Sánchez, para solicitar que no se derogue la cuestionada ley, de la que ha hecho bandera para diferenciarse de Ciudadanos en su lucha por el voto conservador, porque es la «mejor fórmula para evitar» la reincidencia y hacer que «los asesinos y violadores estén en la cárcel». La respuesta del jefe del Ejecutivo no pudo ser más clara y concisa: «La ley está en vigor y no ha evitado desgraciadamente este cruel asesinato». Y Sánchez se comprometió a que no tomará decisión alguna hasta que se pronuncie el Constitucional.

«Es lo más razonable», argumentó la vicepresidenta, Carmen Calvo, quien acusó al dirigente popular de «confundir» a la sociedad sobre una medida que ya existe y de «usar el dolor» que ha provocado el asesinato de Luelmo. La número dos del Ejecutivo argumentó que ante la «convulsión» de la sociedad la respuesta debe ser la apertura de una «reflexión» sobre cómo reforzar la aplicación del artículo 106 del Código Penal, que ya prevé la libertad vigilada de un preso con pulseras electrónicas o las comparecencias periódicas ante el juez. Los controles se destinarán, según precisó, a aquellos reos que han cometido «delitos muy graves» y que las estadísticas indican que pueden acabar «en reincidencia», como los relacionados con la libertad sexual de las mujeres y los menores. 

En vigor desde el 2015

Hace tiempo que el PP trabaja junto a los familiares de víctimas de este tipo de delitos, como los padres de Diana Quer o de Mari Luz Cortés, para que no se derogue la PPR. Esta norma punitiva fue introducida en el Código Penal en marzo de 2015 y entró en vigor el 1 de julio de 2015, con Rajoy en el Gobierno. El objetivo era dar respuesta, se dijo en su momento, a una «demanda social» para ocho delitos muy graves, pese a que España cuenta con el tercer índice de criminalidad más bajo de la UE, tras Portugal y Grecia, y la segunda tasa más baja de homicidios, tras Austria.

La PPR se puede aplicar solo en los siguientes ocho supuestos: asesinato de un menor de 16 años o persona especialmente vulnerable; asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; asesinato cometido por un miembro de una organización criminal; asesinato múltiple; asesinato terrorista; homicidio del jefe del Estado o heredero; homicidio de jefes de Estado extranjeros; genocidio o crímenes de lesa humanidad. Desde su entrada en vigor, cinco criminales han sido condenados a PPR.

¿Cuándo se aplica? Para que se suspenda una pena de prisión permanente tienen que darse los siguientes requisitos: que el penado haya cumplido un mínimo íntegro de 25 años de su condena, que tenga ya el tercer grado y que haya un pronóstico favorable de reinserción. Para esto, el tribunal debe tener en cuenta una serie de circunstancias que el artículo enumera: informes favorables, antecedentes del penado o la conducta en prisión durante el cumplimiento de la condena.