Ordenan reabrir el caso de la muerte de 15 inmigrantes en el Tarajal en el 2014

mateo balín MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Reduan Dris Regragui | efe

La Audiencia de Cádiz pide que declaren dos testigos que estarían viviendo en Alemania

01 sep 2018 . Actualizado a las 08:59 h.

Por segunda vez en año y medio, la Audiencia Provincial de Cádiz ha ordenado al Juzgado de Instrucción número seis de Ceuta que vuelva a investigar la muerte de 15 inmigrantes el 6 de febrero del 2014 en la playa del Tarajal. Al menos para intentar tomar declaración a dos supervivientes localizados en Alemania, cuya identidad responde a las iniciales L.N. y L.A.S.

El tribunal de la Sección Sexta admitió el recurso de apelación presentado por cuatro organizaciones sociales, entre ellas CEAR, contra el auto dictado el pasado 26 de enero por la jueza de Ceuta. La causa se abrió hace casi cuatro años, cuando unas 200 personas de origen subsahariano trataron de alcanzar territorio español a nado bordeando el espigón marítimo fronterizo y su marcha fue repelida por antidisturbios de la Guardia Civil desde la playa. El balance fueron 14 muertes y una desaparición. Otras 23 personas fueron devueltas a Marruecos.

El auto de los tres magistrados reprocha a la jueza que descartase intentar tomar declaración a los dos supervivientes, localizados por la acusación popular del Observatori Desc. Lo hizo «sin haber realizado el más mínimo intento de oír a los testigos propuestos y admitidos, solo con el razonamiento de que dichas personas no se encuentran residiendo legalmente en Alemania por lo que, se supone, no podrían trasladarse a España para poder practicar la prueba, añadiéndose que no consta su paso por nuestro país en las fechas próximas a los hechos».

La sala añade que «la argumentación [de la jueza] no puede admitirse respecto de una prueba propuesta y aceptada en tiempo hábil, menos aún cuando se acordó que se practicaría mediante el auxilio judicial internacional y por videoconferencia».

Uso de material antidisturbios

El juzgado de Ceuta ordenó el 15 de octubre del 2015 el primer sobreseimiento «provisional» de la causa por delitos de homicidio, lesiones imprudentes y prevaricación que se imputaba a 16 guardias civiles que actuaron para contener a los inmigrantes y devolver al país vecino a varios de ellos (dos serían los testigos que volvieron a cruzar a España y acabaron en Alemania).

A su juicio, «no podía atribuirse a la Guardia Civil delito alguno en lo relativo a su actuación para evitar la entrada en España de los inmigrantes, ni siquiera a título de imprudencia», porque «los agentes utilizaron el material antidisturbios con efecto disuasorio confiando en que lograrían su objetivo: detener el avance de los inmigrantes en su intento de llegar a las costas».