Las víctimas de malos tratos tendrán protección integral aunque no denuncien

alfonso torices MADRID / COLPISA

ESPAÑA

MARTINA MISER

Aprobada la reforma que posibilita asistir al 80 % de las mujeres que sufren violencia machista y no acuden a la Justicia

04 ago 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Al menos 51 mujeres murieron el año pasado en España a manos de sus parejas o exparejas, según la estadística oficial. Solo 12, el 23,5 %, habían denunciado a sus asesinos. El resto, 39, perdieron la vida sin que, en la mayor parte de los casos, ni ellas ni sus hijos hubiesen podido acceder a las medidas preventivas, de asesoramiento familiar y legal, de acompañamiento, de protección o a las ayudas sociales que la ley integral de lucha contra la violencia de género le confiere a las víctimas.

La razón es que, hasta ahora, la única forma de lograr la consideración legal de víctima, con todos los derechos que lleva asociados, es presentar una denuncia, lo que deja sin los apoyos que le pueden ayudar a salir de ese circulo de violencia y vejaciones antes de que se produzca una tragedia al 80 % de las maltratadas españolas.  

Modificación de la ley del 2004

Esto cambiará desde este viernes. El Consejo de Ministros aprobó un decreto ley que convertirá en realidad el punto quizá más importante del pacto de Estado contra la violencia machista que partidos, instituciones y sociedad civil rubricaron el pasado 27 diciembre. Modifica la ley integral del 2004 para que cualquier mujer maltratada, haya denunciado o no, pueda ser acreditada a todos los efectos como víctima de violencia de género y, por lo tanto, tenga derecho a recibir de las administraciones públicas la ayuda legal, psicológica, social, económica o laboral que le facilite salir de esta lacra.

Las fórmulas exactas que convertirán oficialmente en todo el país a las maltratadas no denunciantes en víctimas de la violencia de género serán consensuadas en una próxima conferencia sectorial de igualdad por el Gobierno y las comunidades autónomas, pero el decreto ya adelanta que, en ausencia de acciones legales, se podrá acreditar tal condición con un informe de la Fiscalía, de los servicios sociales, de otros servicios especializados o de los propios centros de acogida. El informe le garantizará a ella y a sus hijos un seguimiento y atención personalizados.

La extensión legal de la condición de víctima va asociada a otra de las iniciativas del pacto de Estado. Se trata de la creación en ayuntamientos y otros entes locales, en coordinación con las comunidades autónomas, de equipos multidisciplinares para la detección precoz de víctimas, su acompañamiento en la toma de decisiones, su protección integral, y el acceso a las ayudas y prestaciones sociales que les correspondan. Estas unidades serán las que, con denuncia o sin ella, y de forma especial en las zonas rurales, tratarán de detectar y de llevar la ayuda a las mujeres que callan el infierno en el que viven, que son la gran mayoría de las maltratadas.

El cambio también obliga a que la víctima tenga derecho a disponer con urgencia de un abogado de oficio y de un procurador gratuitos. También la faculta para presentarse como acusación particular. Además, se establecen ayudas para maltratadas sin recursos y se posibilita que los menores puedan recibir ayuda psicológica sin necesidad de que sea autorizada por el padre y la madre.

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