Ningún inconveniente
Llarena respondió ayer que no hay ningún inconveniente. El juez (que solo contestó a los casos de Bassa, Forcadell y los Jordis, porque no había llegado a sus manos el oficio de los otros cinco presos de Estremera) se sacudió cualquier responsabilidad. «No existe razón procesal que conduzca a la custodia de los procesados en ningún centro penitenciario concreto, estando la decisión sujeta a los criterios penitenciarios que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias considere de aplicación», apuntó el instructor. Llarena ya polemizó públicamente con el Gobierno el pasado día 14 después de que el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, diera a entender que, al tratarse de presos preventivos, la responsabilidad última de su ubicación penitenciaria dependía del juez de instrucción por si necesitaba requerirlos para algún tipo de diligencia. Entonces, como ayer, el juez recordó al ministro que él «no tiene competencia para definir el concreto centro penitenciario en el que deben permanecer» los reclusos por muy preventivos que sean. Llarena también le recordó a Grande-Marlaska que la competencia sobre traslados y desplazamientos está regulada en el artículo 31 del Reglamento Penitenciario que establece que «el centro directivo tiene competencia exclusiva para decidir, con carácter ordinario o extraordinario, la clasificación y destino de los reclusos en los distintos establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de las atribuciones de los jueces de Vigilancia en materia de clasificación por vía de recurso».
Por el momento, Sànchez pidió que le trasladasen al centro Quatre Camins (Barcelona); Cuixart, a Brians II (Barcelona); Bassa, a Girona Mujeres, y Forcadell, a Barcelona Mujeres.